viernes, 27 de enero de 2017

Entrevista radial 》Fesprosa contra el glifosato – Jorge Yabkowski Radio Universidad de La Plata 》

Fesprosa contra el glifosato

Entrevista a Jorge Yabkowski, presidente de Fesprosa, sobre la presentación que realizó el gremio ante la Comisión Inter. de DD HH. Programa: Verano Fatal. Conducción: Leandro . Moreno




https://www.radiouniversidad.unlp.edu.ar/trabajadores-de-la-salud-contra-el-glifosato/

miércoles, 25 de enero de 2017

Info para los medios sobre decreto ART > Rechazo de 30 mil médicos, profesionales y trabajadores de la salud de Argentina FESPROSA/CTA-A >

Info para los medios sobre decreto ART > Rechazo de 30 mil médicos, profesionales y trabajadores de la salud de Argentina FESPROSA/CTA-A

DECRETO DEL P.E.N. PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL NEGOCIO DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO

Por Jorge Yabkowski, secretario de Salud CTA Autònoma Nacional y presidente de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), y Horacio Meguira, director del Departamento Jurídico de la CTA Autònoma

El Presidente acaba de firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la vigente Ley de Riesgos del Trabajo, los informes periodísticos dan cuenta que su texto replica el proyecto de ley que enviara el Ejecutivo Nacional al Parlamento durante el año 2016 y que al día de hoy cuenta con media sanción en el Senado.
La Constitución Nacional prevé puntualmente y de forma restrictiva, en qué situaciones el Presidente está habilitado para sancionar estas normas con carácter de ley. Se tratan de circunstancias excepcionales que en este caso no se verifican. La falta de mayorías parlamentarias no es razón valedera para que el Presidente se arrogue facultades legislativas que la Constitución le tiene expresamente vedadas. La sanción del DNU afecta al orden Republicano consagrado por nuestra Ley Suprema. Por tales razones el nuevo DNU adolece de un vicio de origen que lo convierte en insalvablemente nulo.
En cuanto al contenido, el DNU se inscribe en el conjunto de acciones que viene llevando adelante el gobierno nacional con miras a desarticular los avances protectorios que en materia de reparación integral de los daños sufrido por los trabajadores por motivo o en ocasión del trabajo ha impuesto la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde el año 2002. 
En efecto, la embestida comenzó con la reinstalación en el debate público de lo que han llamado intencionadamente "industria del juicio". Idea según la cual la elevada litigiosidad no deriva de la absoluta falta de respuesta del sistema a los reclamos de los trabajadores sino a la ambición de abogados inescrupulosos que persuaden a los trabajadores a judicializar sus reclamos. Lo que llaman "industria del juicio" no es más que consecuencia directa de la ineficacia del sistema gestionado por las Aseguradores de Riesgos del Trabajo (ART), cuyo principal objeto es la maximización de las tasas de ganancias y no la tutela de la salud de los trabajadores. El trabajador debe acudir a la justicia porque el sistema de prevención de accidentes y reparación de daños derivados de infortunios laborales ni previene ni repara. 
La desmesurada arbitrariedad del sistema organizado en torno a las ART ha merecido reiteradas descalificaciones por parte de la CSJN que, poco a poco fue demoliendo los pilares sobre los que se estructuró el régimen. Desde el caso "Gorosito" en el año 2002 hasta "Obregon" en el año 2012, el Tribunal Supremo tachó por inconstitucional diversos dispositivos creados por la LRT por afectar derechos fundamentales de los trabajadores.
Seriamente cuestionada la ley de riesgos del trabajo, los sucesivos gobiernos siempre han optado por el resguardo del negocio y no por mejorar la protección de la salud de los destinatarios del sistema. Esa fue la lógica que guió a los decretos 1278/00 1694/09, la ley 26.773 y su decreto reglamentario 472/14.
La última reforma importante impuesta por la ley 26.773, entre otras cuestiones, eliminó la mal llamada "doble vía" mediante la imposición de la opción excluyente con renuncia. Con esta modificación, el trabajador se vio impedido de acceder a las prestaciones supuestamente "rápidas" aunque de menor cuantía que brinda el régimen a cargo de las ART y de, simultáneamente o con posterioridad, demandar a sus empleadores, con fundamento en las normas civiles, las diferencias que correspondieren para compensar la totalidad de los daños que haya sufrido. Se impuso así al trabajador la obligación de optar por uno de los dos caminos.
Las reformas que introduce el gobierno con el nuevo DNU representan un nuevo artificio para frustar al trabajador que reclama lo que le es debido.
Para ello se vuelve a imponer la intervención de las Comisiones Médicas (órganos administrativos que ejercen funciones jurisdiccionales) como instancia previa a la que debe obligatoriamente concurrir el trabajador que solicite el otorgamiento de las prestaciones dinerarias.
Recordemos que los miembros de las Comisiones Médicas (CM) son médicos que carecen de la doneidad técnica y jurídica necesaria para decidir sobre cuestiones esenciales como puede ser la determinación el carácter laboral de la enfermedad o accidente, o si un accidente ocurrido fuera de la empresa debe considerarse o no como "in itinere" (camino al trabajo). 
Cuando las ART niegan el otorgamiento de prestaciones porque alegan el carácter no laboral de la contingencia denunciada, el trabajador disconforme debe presentar su reclamo ante la Comisión Médica local y así iniciar un prolongado trámite administrativo. Mientras tanto, "se las debe arreglar" con la Obra Social o acudir al sistema público de salud. Idéntico camino debe transitar el afectado por algún grado de incapacidad que no acepta el magro ofrecimiento indemnizatorio que le ofrece la ART. 
La disfunción del sistema y la importancia de los derechos afectados hizo insostenible la continuidad del régimen tal como había sido previsto por sus artífices. Razón por la cual la Corte Suprema en los casos "Castillo", "Venialgo", "Marchetti" y "Obregon", declaró la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46.1, entre otros, de la LRT, que contemplan la intervención de las Comisiones Médicas. 
Por todos estos factores es que, previsiblemente, las Comisiones Médicas han resultado ineficaces en el cumplimiento de sus funciones. Estos y no otros son los motivos que han empujado al trabajador a plantear sus reclamos directamente ante la justicia, sin pasar antes por la trampa de las Comisiones Médicas. 
Un sistema que contemple adecuadamente los derechos fundamentales del trabajador y los estándares de protección fijados por la Corte debería ser de concurrencia opcional, no excluyente y voluntaria, con un procedimiento sencillo, eficaz y con plazos breves, y en el cual se le asegure al trabajador todas las garantías del debido proceso.
La otra modificación trascendente que introduce el DNU apunta a excluir a la Justicia Nacional del Trabajo de la casi totalidad de las causas que versen sobre infortunios laborales. El sentido de esta medida deriva de que la Justicia Nacional del Trabajo ha sido la jurisdicción que ha sintonizado mejor con el mandato protectorio fijado por la Constitución Nacional en su art. 14bis. La idea de proponer la competencia provincial, fueros que en líneas generales han sido mas conservadores, cuando no reaccionarios, persigue mejorar las posibilidades de las ART en los juicios en las que sean demandadas. 
En suma, el Decreto representa una continuación ideológica de las líneas restauradoras que impuso la ley 26.773, norma que ha logrado obturar los caminos para obtener la reparaciones integrales que se correspondan con los daños sufridos.
En este caso, la receta es reimpulsar el protagonismo de las Comisiones Médicas con el único objetivo de inhibir al trabajador afectado a solicitar judicialmente las prestaciones que las ART le retacea o directamente le niega. 
Los sucesivos gobiernos, lejos de adecuar el régimen de Riesgos del Trabajo al paradigma del Estado social de derecho cimentado por nuestra Carta Magna, han hecho lo necesario para conservar el statu quo. 
Mientras tanto, el trabajador, sujeto de preferente tutela constitucional según declarara la Corte en "Vizzoti", continua financiando con su salud la rentabilidad de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
 De la prevención , como siempre, no se habla.
En definitiva el decreto es una  necesidad y urgencia de las patronales y el gobierno  para asegurar la rentabilidad empresaria. La "reinserción" argentina en el mundo exige reducción salarial ,"disminución" del costo laboral y rentabilidad asegurada a costa los derechos. Es hora de construir acción unitaria del conjunto de los trabajadores para impedirlo.  

 

 

●ENTREVISTAS > Jorge Yabkowski, presidente FESPROSA 011.15.5121.5179● 
> PRENSA FESPROSA Marcos Viancheto 011.15.5340.0973
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martes, 24 de enero de 2017

Noticias destacadas FEPROSA >

1.       https://www.youtube.com/watch?v=o5w0Wq8g3_8

2.       http://sonidogremial.com.ar/sonidogremial/la-fesprosa-solicito-audiencia-ante-la-corte-interamericana-de-derechos-humano-por-las-muertes-por-agrotoxicos/

3.       http://www.redeco.com.ar/nacional/trabajadorxs/20707-denuncian-explotacion-laboral

4.       https://lavozdetandil.com.ar/2017/01/17/profesionales-de-la-salud-argentinos-acuden-a-la-comision-interamericana-de-dd-hh-por-agrotoxicos/

5.       http://www.ecourbano.org.ar/noticias/noticias.php?id=dUFZRURsUnc4L0pacDlkdzB5eFNBdz09

6.       http://argentina.indymedia.org/news/2017/01/901710.php

7.       https://www.diariotag.com/noticias/locales/aptasch-pide-la-inmediata-apertura-de-paritarias-para-salud

8.       http://www.diaadia.com.ar/argentina/denunciaran-ante-la-cidh-el-uso-de-agrotoxicos-en-argentina

9.       http://www.po.org.ar/prensaObrera/online/sindicales/se-multiplican-los-pronunciamientos-en-apoyo-a-los-obreros-de-agr-clarin

10.   http://www.primeraplana.com.ar/medicos-argentinos-denunciaran-ante-la-cidh-el-uso-de-agrotoxicos-en-el-pais/

11.   http://www.enorsai.com.ar/politica/20729-presentan-una-denuncia-a-la-cidh-por-las-muertes-por-agrotoxicos.html

12.   http://www.lineasindical.com.ar/ruptura-autonoma-algunos-dirigentes-piden-unidad-recomponer-central-n-1459428.html

13.   http://www.arteargentina.com/2017/01/el-campo-en-arteargentina-presentan-una-denuncia-a-la-cidh-por-las-muertes-por-agrotoxicos/

14.   http://www.laizquierdadiario.com/AGR-Clarin-amplia-convocatoria-a-la-movilizacion-de-las-15-h-en-el-Obelisco

15.   http://www.eldia.com/informacion-general/denuncian-el-uso-de-agrotoxicos-en-suelo-argentino-194519

16.   http://www.elindependientedelsur.com/inicio.php?categoria=7

17.   http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:http://laplataformainfo.com.ar/opinion/el-decreto-que-acaba-de-firmar-el-presidente-es-por-necesidad-y-urgencia-de-las-patronales&gws_rd=cr&ei=DumGWOfbL4WqwASHu7GoCg

18.   http://www.abogadosrosario.com/noticias/leer/11092-fiscal-federal-pidio-suspender-uso-del-glifosato-todo-i-causa-ancer.html

19.   http://www.respublicae.org/spip.php?article30043

domingo, 22 de enero de 2017

Yabkowski (FESPROSA) en Indymedia 》"Un decreto para asegurar la continuidad del negocio de las ART : Argentina Indymedia" 》

Un decreto para asegurar la continuidad del negocio de las ART
Por Prensa FESPROSA - Sunday, Jan. 22, 2017 at 1:12 PM

DECRETO DEL P.E.N. PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL NEGOCIO DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO

21 de enero de 2017 | Por Jorge Yabkowski, secretario de Salud CTA A Nacional y presidente de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), y Horacio Meguira, director del Departamento Jurídico de la CTA A

Un decreto para aseg...
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El Presidente acaba de firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la vigente Ley de Riesgos del Trabajo, los informes periodísticos dan cuenta que su texto replica el proyecto de ley que enviara el Ejecutivo Nacional al Parlamento durante el año 2016 y que al día de hoy cuenta con media sanción en el Senado. 

La Constitución Nacional prevé puntualmente y de forma restrictiva, en qué situaciones el Presidente está habilitado para sancionar estas normas con carácter de ley. Se tratan de circunstancias excepcionales que en este caso no se verifican. La falta de mayorías parlamentarias no es razón valedera para que el Presidente se arrogue facultades legislativas que la Constitución le tiene expresamente vedadas. La sanción del DNU afecta al orden Republicano consagrado por nuestra Ley Suprema. Por tales razones el nuevo DNU adolece de un vicio de origen que lo convierte en insalvablemente nulo. 

En cuanto al contenido, el DNU se inscribe en el conjunto de acciones que viene llevando adelante el gobierno nacional con miras a desarticular los avances protectorios que en materia de reparación integral de los daños sufrido por los trabajadores por motivo o en ocasión del trabajo ha impuesto la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde el año 2002. 

En efecto, la embestida comenzó con la reinstalación en el debate público de lo que han llamado intencionadamente "industria del juicio". Idea según la cual la elevada litigiosidad no deriva de la absoluta falta de respuesta del sistema a los reclamos de los trabajadores sino a la ambición de abogados inescrupulosos que persuaden a los trabajadores a judicializar sus reclamos. Lo que llaman "industria del juicio" no es más que consecuencia directa de la ineficacia del sistema gestionado por las Aseguradores de Riesgos del Trabajo (ART), cuyo principal objeto es la maximización de las tasas de ganancias y no la tutela de la salud de los trabajadores. El trabajador debe acudir a la justicia porque el sistema de prevención de accidentes y reparación de daños derivados de infortunios laborales ni previene ni repara. 

La desmesurada arbitrariedad del sistema organizado en torno a las ART ha merecido reiteradas descalificaciones por parte de la CSJN que, poco a poco fue demoliendo los pilares sobre los que se estructuró el régimen. Desde el caso "Gorosito" en el año 2002 hasta "Obregon" en el año 2012, el Tribunal Supremo tachó por inconstitucional diversos dispositivos creados por la LRT por afectar derechos fundamentales de los trabajadores. 

Seriamente cuestionada la ley de riesgos del trabajo, los sucesivos gobiernos siempre han optado por el resguardo del negocio y no por mejorar la protección de la salud de los destinatarios del sistema. Esa fue la lógica que guió a los decretos 1278/00 1694/09, la ley 26.773 y su decreto reglamentario 472/14. 

La última reforma importante impuesta por la ley 26.773, entre otras cuestiones, eliminó la mal llamada "doble vía" mediante la imposición de la opción excluyente con renuncia. Con esta modificación, el trabajador se vio impedido de acceder a las prestaciones supuestamente "rápidas" aunque de menor cuantía que brinda el régimen a cargo de las ART y de, simultáneamente o con posterioridad, demandar a sus empleadores, con fundamento en las normas civiles, las diferencias que correspondieren para compensar la totalidad de los daños que haya sufrido. Se impuso así al trabajador la obligación de optar por uno de los dos caminos. 

Las reformas que introduce el gobierno con el nuevo DNU representan un nuevo artificio para frustar al trabajador que reclama lo que le es debido. 

Para ello se vuelve a imponer la intervención de las Comisiones Médicas (órganos administrativos que ejercen funciones jurisdiccionales) como instancia previa a la que debe obligatoriamente concurrir el trabajador que solicite el otorgamiento de las prestaciones dinerarias. 

Recordemos que los miembros de las Comisiones Médicas (CM) son médicos que carecen de la idoneidad técnica y jurídica necesaria para decidir sobre cuestiones esenciales como puede ser la determinación el carácter laboral de la enfermedad o accidente, o si un accidente ocurrido fuera de la empresa debe considerarse o no como "in itinere" (camino al trabajo). 

Cuando las ART niegan el otorgamiento de prestaciones porque alegan el carácter no laboral de la contingencia denunciada, el trabajador disconforme debe presentar su reclamo ante la Comisión Médica local y así iniciar un prolongado trámite administrativo. Mientras tanto, "se las debe arreglar" con la Obra Social o acudir al sistema público de salud. Idéntico camino debe transitar el afectado por algún grado de incapacidad que no acepta el magro ofrecimiento indemnizatorio que le ofrece la ART. 

La disfunción del sistema y la importancia de los derechos afectados hizo insostenible la continuidad del régimen tal como había sido previsto por sus artífices. Razón por la cual la Corte Suprema en los casos "Castillo", "Venialgo", "Marchetti" y "Obregon", declaró la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46.1, entre otros, de la LRT, que contemplan la intervención de las Comisiones Médicas. 

Por todos estos factores es que, previsiblemente, las Comisiones Médicas han resultado ineficaces en el cumplimiento de sus funciones. Estos y no otros son los motivos que han empujado al trabajador a plantear sus reclamos directamente ante la justicia, sin pasar antes por la trampa de las Comisiones Médicas. 

Un sistema que contemple adecuadamente los derechos fundamentales del trabajador y los estándares de protección fijados por la Corte debería ser de concurrencia opcional, no excluyente y voluntaria, con un procedimiento sencillo, eficaz y con plazos breves, y en el cual se le asegure al trabajador todas las garantías del debido proceso. 

La otra modificación trascendente que introduce el DNU apunta a excluir a la Justicia Nacional del Trabajo de la casi totalidad de las causas que versen sobre infortunios laborales. El sentido de esta medida deriva de que la Justicia Nacional del Trabajo ha sido la jurisdicción que ha sintonizado mejor con el mandato protectorio fijado por la Constitución Nacional en su art. 14bis. La idea de proponer la competencia provincial, fueros que en líneas generales han sido mas conservadores, cuando no reaccionarios, persigue mejorar las posibilidades de las ART en los juicios en las que sean demandadas. 

En suma, el Decreto representa una continuación ideológica de las líneas restauradoras que impuso la ley 26.773, norma que ha logrado obturar los caminos para obtener la reparaciones integrales que se correspondan con los daños sufridos. 

En este caso, la receta es reimpulsar el protagonismo de las Comisiones Médicas con el único objetivo de inhibir al trabajador afectado a solicitar judicialmente las prestaciones que las ART le retacea o directamente le niega. 

Los sucesivos gobiernos, lejos de adecuar el régimen de Riesgos del Trabajo al paradigma del Estado social de derecho cimentado por nuestra Carta Magna, han hecho lo necesario para conservar el statu quo. 

Mientras tanto, el trabajador, sujeto de preferente tutela constitucional según declarara la Corte en "Vizzoti", continua financiando con su salud la rentabilidad de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. 

De la prevención , como siempre, no se habla. 

En definitiva el decreto es una necesidad y urgencia de las patronales y el gobierno para asegurar la rentabilidad empresaria. La "reinserción" argentina en el mundo exige reducción salarial ,"disminución" del costo laboral y rentabilidad asegurada a costa los derechos. Es hora de construir acción unitaria del conjunto de los trabajadores para impedirlo.




http://argentina.indymedia.org/news/2017/01/901710.php

viernes, 20 de enero de 2017

INFO PARA LOS MEDIOS 》"DECRETO DEL P.E.N. PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL NEGOCIO DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO" 》

DECRETO DEL P.E.N. PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL NEGOCIO DE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO

Por Jorge Yabkowski, secretario de Salud CTA A Nacional y presidente de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), y Horacio Meguira, director del Departamento Jurídico de la CTA A

El Presidente acaba de firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la vigente Ley de Riesgos del Trabajo, los informes periodísticos dan cuenta que su texto replica el proyecto de ley que enviara el Ejecutivo Nacional al Parlamento durante el año 2016 y que al día de hoy cuenta con media sanción en el Senado.
La Constitución Nacional prevé puntualmente y de forma restrictiva, en qué situaciones el Presidente está habilitado para sancionar estas normas con carácter de ley. Se tratan de circunstancias excepcionales que en este caso no se verifican. La falta de mayorías parlamentarias no es razón valedera para que el Presidente se arrogue facultades legislativas que la Constitución le tiene expresamente vedadas. La sanción del DNU afecta al orden Republicano consagrado por nuestra Ley Suprema. Por tales razones el nuevo DNU adolece de un vicio de origen que lo convierte en insalvablemente nulo.
En cuanto al contenido, el DNU se inscribe en el conjunto de acciones que viene llevando adelante el gobierno nacional con miras a desarticular los avances protectorios que en materia de reparación integral de los daños sufrido por los trabajadores por motivo o en ocasión del trabajo ha impuesto la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde el año 2002. 
En efecto, la embestida comenzó con la reinstalación en el debate público de lo que han llamado intencionadamente "industria del juicio". Idea según la cual la elevada litigiosidad no deriva de la absoluta falta de respuesta del sistema a los reclamos de los trabajadores sino a la ambición de abogados inescrupulosos que persuaden a los trabajadores a judicializar sus reclamos. Lo que llaman "industria del juicio" no es más que consecuencia directa de la ineficacia del sistema gestionado por las Aseguradores de Riesgos del Trabajo (ART), cuyo principal objeto es la maximización de las tasas de ganancias y no la tutela de la salud de los trabajadores. El trabajador debe acudir a la justicia porque el sistema de prevención de accidentes y reparación de daños derivados de infortunios laborales ni previene ni repara. 
La desmesurada arbitrariedad del sistema organizado en torno a las ART ha merecido reiteradas descalificaciones por parte de la CSJN que, poco a poco fue demoliendo los pilares sobre los que se estructuró el régimen. Desde el caso "Gorosito" en el año 2002 hasta "Obregon" en el año 2012, el Tribunal Supremo tachó por inconstitucional diversos dispositivos creados por la LRT por afectar derechos fundamentales de los trabajadores.
Seriamente cuestionada la ley de riesgos del trabajo, los sucesivos gobiernos siempre han optado por el resguardo del negocio y no por mejorar la protección de la salud de los destinatarios del sistema. Esa fue la lógica que guió a los decretos 1278/00 1694/09, la ley 26.773 y su decreto reglamentario 472/14.
La última reforma importante impuesta por la ley 26.773, entre otras cuestiones, eliminó la mal llamada "doble vía" mediante la imposición de la opción excluyente con renuncia. Con esta modificación, el trabajador se vio impedido de acceder a las prestaciones supuestamente "rápidas" aunque de menor cuantía que brinda el régimen a cargo de las ART y de, simultáneamente o con posterioridad, demandar a sus empleadores, con fundamento en las normas civiles, las diferencias que correspondieren para compensar la totalidad de los daños que haya sufrido. Se impuso así al trabajador la obligación de optar por uno de los dos caminos.
Las reformas que introduce el gobierno con el nuevo DNU representan un nuevo artificio para frustar al trabajador que reclama lo que le es debido.
Para ello se vuelve a imponer la intervención de las Comisiones Médicas (órganos administrativos que ejercen funciones jurisdiccionales) como instancia previa a la que debe obligatoriamente concurrir el trabajador que solicite el otorgamiento de las prestaciones dinerarias.
Recordemos que los miembros de las Comisiones Médicas (CM) son médicos que carecen de la doneidad técnica y jurídica necesaria para decidir sobre cuestiones esenciales como puede ser la determinación el carácter laboral de la enfermedad o accidente, o si un accidente ocurrido fuera de la empresa debe considerarse o no como "in itinere" (camino al trabajo). 
Cuando las ART niegan el otorgamiento de prestaciones porque alegan el carácter no laboral de la contingencia denunciada, el trabajador disconforme debe presentar su reclamo ante la Comisión Médica local y así iniciar un prolongado trámite administrativo. Mientras tanto, "se las debe arreglar" con la Obra Social o acudir al sistema público de salud. Idéntico camino debe transitar el afectado por algún grado de incapacidad que no acepta el magro ofrecimiento indemnizatorio que le ofrece la ART. 
La disfunción del sistema y la importancia de los derechos afectados hizo insostenible la continuidad del régimen tal como había sido previsto por sus artífices. Razón por la cual la Corte Suprema en los casos "Castillo", "Venialgo", "Marchetti" y "Obregon", declaró la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46.1, entre otros, de la LRT, que contemplan la intervención de las Comisiones Médicas. 
Por todos estos factores es que, previsiblemente, las Comisiones Médicas han resultado ineficaces en el cumplimiento de sus funciones. Estos y no otros son los motivos que han empujado al trabajador a plantear sus reclamos directamente ante la justicia, sin pasar antes por la trampa de las Comisiones Médicas. 
Un sistema que contemple adecuadamente los derechos fundamentales del trabajador y los estándares de protección fijados por la Corte debería ser de concurrencia opcional, no excluyente y voluntaria, con un procedimiento sencillo, eficaz y con plazos breves, y en el cual se le asegure al trabajador todas las garantías del debido proceso.
La otra modificación trascendente que introduce el DNU apunta a excluir a la Justicia Nacional del Trabajo de la casi totalidad de las causas que versen sobre infortunios laborales. El sentido de esta medida deriva de que la Justicia Nacional del Trabajo ha sido la jurisdicción que ha sintonizado mejor con el mandato protectorio fijado por la Constitución Nacional en su art. 14bis. La idea de proponer la competencia provincial, fueros que en líneas generales han sido mas conservadores, cuando no reaccionarios, persigue mejorar las posibilidades de las ART en los juicios en las que sean demandadas. 
En suma, el Decreto representa una continuación ideológica de las líneas restauradoras que impuso la ley 26.773, norma que ha logrado obturar los caminos para obtener la reparaciones integrales que se correspondan con los daños sufridos.
En este caso, la receta es reimpulsar el protagonismo de las Comisiones Médicas con el único objetivo de inhibir al trabajador afectado a solicitar judicialmente las prestaciones que las ART le retacea o directamente le niega. 
Los sucesivos gobiernos, lejos de adecuar el régimen de Riesgos del Trabajo al paradigma del Estado social de derecho cimentado por nuestra Carta Magna, han hecho lo necesario para conservar el statu quo. 
Mientras tanto, el trabajador, sujeto de preferente tutela constitucional según declarara la Corte en "Vizzoti", continua financiando con su salud la rentabilidad de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.
 De la prevención , como siempre, no se habla.
En definitiva el decreto es una  necesidad y urgencia de las patronales y el gobierno  para asegurar la rentabilidad empresaria. La "reinserción" argentina en el mundo exige reducción salarial ,"disminución" del costo laboral y rentabilidad asegurada a costa los derechos. Es hora de construir acción unitaria del conjunto de los trabajadores para impedirlo.  

 

 

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jueves, 19 de enero de 2017

Médicos denunciarán ante la CIDH el uso de agrotóxicos – Revista El Federal


REVISTA EL FEDERAL - CAMPO - NOTA

MÉDICOS DENUNCIARÁN ANTE LA CIDH EL USO DE AGROTÓXICOS

LA FEDERACIÓN QUE NUCLEA A MÁS DE 30.000 TRABAJADORES DE LA SALUD, JUNTO CON ORGANIZACIONES QUE VIENEN LUCHANDO CONTRA EL USO DE AGROQUÍMICOS PIDIERON PODER EXPONER LA REALIDAD QUE VIVE NUESTRO PAÍS CON RESPECTO AL USO DE AGROTÓXICOS ANTE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.

La Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA) que es integrada por alrededor de 30.000 trabajadores de la salud, acompañados por organizaciones que trabajan en la misma temática solicitaron una audiencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) donde plantearán "los problemas de salud y medio ambiente generados por el uso de agrotóxicos en el país"

En las últimas semanas del año pasado la Cámara Empresaria de Distribuidores de Agroquímicos, Semillas y Afines había difundido un balance positivo para ellos, pero negativo para la naturaleza: en todo el mundo el consumo de agrotóxicos había disminuido, pero en nuestro país los números daban para arriba, al avanzar la frontera sojera en el 2016 la venta de agrotóxicos aumentó un 10%. Generando enormes ganancias a multinacionales como Monsanto.

"En Argentina se consumen 423 millones de agrotóxicos anuales, es decir que se utilizan 10 litros por persona, por año. Una de las cifras más altas del mundo" detalló Jorge Yabkosky, titular de FESPROSA. Para la solicitud de audiencia a la CIDH, la entidad presentó un dossier donde se detallan las investigaciones más relevantes y actuales donde se comprueba la directa relación entre el uso de agrotóxicos y los problemas de salud y medioambientales.

La entidad que nuclea a los trabajadores de la salud, junto con la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, las ONG´s Naturaleza de Derechos, Centro de Protección a la Naturaleza y la Asamblea Permanente por los DerLa echos humanos de Córdoba, solicitaron exponer la realidad que vive nuestro país con respecto a los agrotóxicos en la Sesión Ordinaria 61 de CIDH.

"Esta solicitud es el resultado de un proceso colectivo que todas estas organizaciones venimos realizando desde hace años en los que investigamos y buscamos evidencia. Ya hemos logrado que un fiscal de la Cámara dicte una cautelar utilizando toda esa información que nosotros recopilamos", afirmó Yabkosky.

El Fiscal Federal Dr. Fabián Canda, de la Ciudad de Buenos Aires efectuó una medida cautelar para suspender el uso de los agrotóxicos que origina la manipulación de semillas transgénicas, especialmente del herbicida glifosato. El fiscal también pidió prohibir el uso de estos agroquímicos en fumigaciones áreas y a más de 5 kilómetros de escuelas, viviendas rurales, cauces y espejos de agua y pozos donde se extraiga agua.

"La Cámara deberá resolver el tema después de la feria. Esperamos entonces una resolución favorable desde la Justicia nacional, pero también queremos apelar a la internacional y por eso presentamos el pedido de audiencia ante la CIDH. El objetivo es instalar el debate y llegar a la Corte Suprema"

El dossier que la Fesprosa envió a la CIDH se destaca el caso de la localidad cordobesa de Monte Maíz, uno de los pueblos con mayor exposición a los agrotóxicos, y allí profesionales de la Universidad de Córdoba y de La Plata detectaron que los casos de cáncer son dos veces más que el promedio provincial y nacional. También hallaron una "alta prevalencia de enfermedades respiratorias, como el asma, afectando al 52% de la población de niños de entre 6 y 7 años, también se notó hipotiroidismo y una alta tasa de abortos espontáneos, con una frecuencia que es 3 veces mayor a la media urbana en el país".



http://www.elfederal.com.ar/medicos-denunciaran-ante-la-cidh-el-uso-de-agrotoxicos/

martes, 17 de enero de 2017

Audio + Gacetilla FESPROSA 17/01 》Repudio a represión policial y solidaridad con trabajadores Artes Gráficas Rioplatense de FESPROSA - 30 mil médicos, profesionales y trabajadores de la salud de Argentina 》

Repudio a represión policial y solidaridad con trabajadores Artes Gráficas Rioplatense de FESPROSA - 30 mil médicos, profesionales y trabajadores de la salud de Argentina

"Nosotros, los trabajadores de la salud nucleados en FESPROSA (Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina), representando 30 mil profesionales, médicos y trabajadores de la salud de todo el país, repudiamos la represión policial contra los trabajadores de Artes Gráficas Rioplatense y nos solidarizamos con su reclamo de mantenimiento de la fuente de trabajo", expresó hoy Jorge Yabkowski, médico presidente de este gremio y secretario de Salud Laboral de la CTA Autónoma.

"Estamos viviendo un momento en nuestra patria donde no solo cae el salario sino aumenta la desocupación, por cuenta de un Estado que ha despedido a miles de trabajadores y de una clase empresarial que está, de algún modo, favorecida con la política económica y social del gobierno de Cambiemos", prosiguió Yabkowski.

"Creemos absolutamente injustificado que una planta gráfica que trabaja a pleno sea cerrada por una decisión empresaria para bajar costos, o eventualmente tercerizar los servicios", agregó.

Por último, dijo que "en ese sentido, como trabajadores de la salud nucleados en FESPROSA, nos solidarizamos con nuestros compañeros de Artes Gráficas Rioplatense y ponemos a su disposición y la de sus familias, todo nuestro apoyo solidario."

 ■ Link de YouTube con declaraciones de Yabkowski: https://youtu.be/SMYeMkUf-m8

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Sonido Gremial 》"La Fesprosa solicitó audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por las muertes por agrotóxicos" 》

LA FESPROSA SOLICITÓ AUDIENCIA ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS POR LAS MUERTES POR AGROTOXICOS

Se da ante los cientos de casos de muertes por la mala utilización de agrotoxicos en la Argentina. La Federación presentó un escrito con la adhesión de varias organizaciones de la salud y solicitó una audiencia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La Fesprosa solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que intervenga ante los casos de "enfermedades y muertes por agrotóxicos en el país". La presentación se hizo mediante un escrito y con la anuencia de varias organizaciones de la Salud.

La Federacion que conduce Jorge Yabkowsky, solicitó una audiencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por las graves consecuencias de enfermedades y muertes relacionadas con el uso de agrotóxicos en Argentina. Los hizo mediante un escrito de 38 páginas y con la anuencia de la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, la ONG Naturaleza de Derechos, la ONG Centro de Protección a la Naturaleza y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Córdoba.



http://sonidogremial.com.ar/sonidogremial/la-fesprosa-solicito-audiencia-ante-la-corte-interamericana-de-derechos-humano-por-las-muertes-por-agrotoxicos/

FESPROSA en diaadia.com.ar 》"Denunciarán ante la Cidh el uso de agrotóxicos en Argentina" 》

ARGENTINA | 08:12

Denunciarán ante la Cidh el uso de agrotóxicos en Argentina

La denuncia será efectuada por la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA) y varias ONG's.

Denunciarán ante la Cidh el uso de agrotóxicos en Argentina

La Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA) y varias ONG's denunciarán ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la utilización de agrotóxicos en el país. Con ese fin, la entidad gremial pidió hoy a la CIDH una "audiencia temática" para la Sesión Ordinaria Nº61 de la CIDH.

Allí piensan exponer la "problemática de los impactos en la salud y el ambiente de los agrotóxicos que se utilizan en la agricultura y producción de alimentos en la Republica Argentina".

 

El escrito, que consta de 38 páginas, también está avalado por la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, la ONG Naturaleza de Derechos, el Centro de Protección a la Naturaleza y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Córdoba. Según anticiparon en el escrito, los agrotóxicos conllevan "graves consecuencias de enfermedades y muertes relacionadas" con su uso.










                                                                http://diaadia.com.ar/argentina/denunciaran-ante-la-cidh-el-uso-de-agrotoxicos-en-argentina

lunes, 16 de enero de 2017

Info lunes 16/01 》 Por enfermedades y muertes por agrotóxicos en nuestro país pidieron hoy a la Corte Interamericana de Derechos Humano (CIDH) los 30 mil médicos, profesionales y trabajadores de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA) y otros organismos 》

Con un escrito de 38 páginas (clic para acceder) los 30 mil médicos, profesionales y trabajadores de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA) presentaron hoy junto a la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, la ONG Naturaleza de Derechos, la ONG Centro de Protección a la Naturaleza y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de Córdoba, solicitando audiencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por las graves consecuencias de enfermedades y muertes relacionadas con el uso de agrotóxicos en Argentina.


Buenos Aires, 16 de Enero de 2017

Sra. María Isabel Rivero
Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
S  /  D
Ref: Solicitud de Audiencia Temática para la Sesión Ordinaria Nro 61 de la CIDH. "Problemática de los impactos en la salud y el ambiente de los agrotóxicos que se utilizan en la Agricultura y producción de alimentos en la Republica Argentina."

Nos dirigimos a Ud a fin de solicitarle audiencia temática por la problemática de los impactos en la salud y el ambiente de los agrotóxicos que se utilizan en la Agricultura y producción de alimentos en la Republica Argentina. A continuación detallamos las razones de nuestra solicitud. (clic para acceder)



Medardo Ávila Vázquez
Jorge Yabkowski
Medico
Red de Médicos de Pueblos Fumigados
Medico
Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina
Colectivo Sanitario Andrés Carrasco








Fernando Cabaleiro
Abogado
Darío Ávila
Abogado
ONG Naturaleza de Derechos
Asamblea Permanente por los Derechos Humanos - Córdoba






Carlos Manessi

Ingeniero Agrónomo

ONG Centro de Protección a la Naturaleza


●ENTREVISTAS > Jorge Yabkowski, presidente FESPROSA 011.15.5121.5179● 
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martes, 10 de enero de 2017

FESPROSA en Sonido Gremial 》[Audio] Renuncia del Vice Ministro de Salud: “no se trata de cambiar hombres, sino políticas” 》

[AUDIO] RENUNCIA DEL VICE MINISTRO DE SALUD: "NO SE TRATA DE CAMBIAR HOMBRES, SINO POLÍTICAS"

El Presidente de la Fesprosa, uno de los gremios mas representativos que tiene los médicos profesionales en todo el país, habló sobre la renuncia del vice ministro de Salud, Néstor Pérez Baliño y critico las formas, "no se trata de cambiar hombres, sino políticas".

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Jorge Yabkowsky, Presidente de la Fesprosa

Jorge Yabkowsky, Presidente de la Fesprosa, se refirió a la salida del actual ex vice ministro de Salud, Dr. Néstor Pérez Baliño y la calificó como un resultado de una "crisis de desfinanciamiento, recortes y políticas privatizantes". "No se trata de cambiar hombres, sino políticas", se diferenció el médico de lo sucedido en la cartera que conduce Jorge Lemus.

El dirigente gremial también contó que tuvieron que ir al Ministerio de Salud para pedir que se trate la problemática de los "10 mil tuberculosos que hay en el país".  Según Yabkowsky, "se privilegia al sector privado en lugar de la cobertura universal de salud".

Por otro lado, el presidente de la Fesprosa y también miembro de la CTA Autónoma, habla de la creación de "programas de apoyo al sector público de salud" acompañados por un aumento en el presupuesto para el área.


http://sonidogremial.com.ar/sonidogremial/audio-renuncia-del-vice-ministro-de-salud-no-se-trata-de-cambiar-hombres-sino-politicas/

FESPROSA en diario Línea Sindical 》Renuncia del Vice Ministro de Salud: “no se trata de cambiar hombres, sino políticas” 》


Renuncia del Vice Ministro de Salud: "no se trata de cambiar hombres, sino políticas"

Renuncia del Vice Ministro de Salud:
10ENE

El Presidente de la Fesprosa, uno de los gremios mas representativos que tiene los médicos profesionales en todo el país, habló sobre la renuncia del vice ministro de Salud, Néstor Pérez Baliño y critico las formas, "no se trata de cambiar hombres, sino políticas".

Jorge Yabkowski, Presidente de la Fesprosa, se refirió a la salida del actual ex vice ministro de Salud, Dr. Néstor Pérez Baliño y la calificó como un resultado de una "crisis de desfinanciamiento, recortes y políticas privatizantes". "No se trata de cambiar hombres, sino políticas", se diferenció el médico de lo sucedido en la cartera que conduce Jorge Lemus.

El dirigente gremial también contó que tuvieron que ir al Ministerio de Salud para pedir que se trate la problemática de los "10 mil tuberculosos que hay en el país". Según Yabkowsky, "se privilegia al sector privado en lugar de la cobertura universal de salud".

Por otro lado, el presidente de la Fesprosa y también miembro de la CTA Autónoma, habla de la creación de "programas de apoyo al sector público de salud" acompañados por un aumento en el presupuesto para el área.



http://www.lineasindical.com.ar/renuncia-vice-ministro-salud-trata-cambiar-hombres-sino-politicas-n-1457808.html