miércoles, 6 de mayo de 2026

Fesprosa rechaza la legalización del vapeo

La libre comercialización, importación y publicidad de cigarrillos electrónicos, tabaco calentado y bolsas de nicotina constituyen un grave retroceso en materia de políticas sanitarias.

Ante la reciente Resolución 549/2026 del Ministerio de Salud de la Nación y la Disposición 2543/2026 de la ANMAT, que habilitan la libre comercialización, importación y publicidad de cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado y bolsas de nicotina, desde la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (Fesprosa) manifestamos nuestra adhesión al pronunciamiento de las organizaciones científicas y expresamos nuestra profunda preocupación, alertando sobre este grave retroceso en materia de políticas sanitarias.

Estas normas debilitan el enfoque preventivo y el principio de no dañar, que históricamente guiaron la regulación de estos productos en nuestro país, y abren el mercado a nuevas formas de consumo de nicotina con probado potencial adictivo, especialmente entre niñas, niños y adolescentes.

La decisión oficial desconoce la evidencia científica independiente que demuestra que estos productos no son inocuos, favorecen la iniciación en el consumo de nicotina, dificultan la cesación tabáquica y normalizan prácticas de consumo que impactan negativamente en la salud de la población.

Recordamos que la Ley Nacional de Control de Tabaco (Ley N.° 26.687) establece restricciones claras a la publicidad, promoción y patrocinio, ambientes libres de humo y advertencias sanitarias. Sin embargo, la experiencia demuestra que, sin fiscalización efectiva, la norma se vuelve letra muerta. El propio texto de la resolución reconoce la debilidad actual del Estado para ejercer control y monitoreo.

En este contexto, la habilitación comercial de estos productos sin un sistema fuerte y transparente de control, constituye un riesgo sanitario concreto y una señal preocupante de retroceso en la protección de la población en esta materia.

Por todo lo expuesto, desde FeSProSa:

  • Adherimos al pedido de suspensión inmediata de la Resolución 549/2026 y la Disposición 2543/2026. 

  • Solicitamos que no se otorguen registros ni autorizaciones comerciales hasta contar con una evaluación integral de impacto sanitario, con participación pública, científica e independiente. 

  • Exigimos la publicación de los fundamentos técnicos y sanitarios que motivaron estas decisiones. 

  • Reclamamos la convocatoria urgente a los espacios institucionales y a las organizaciones especializadas en control de tabaco y nicotina. 

  • Alertamos sobre el riesgo particular que estas medidas implican para niñas, niños y adolescentes, principales destinatarios de las estrategias comerciales de estos productos. 

La salud pública no puede quedar subordinada a los intereses comerciales de una industria que necesita captar nuevos consumidores para sostener su mercado.

6 de mayo de 2026

Secretariado de FeSprosa


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