martes, 8 de septiembre de 2015

Panorama sindical nacional de Mario Hernández para Rebelión.org >

Misiones: una histórica huelga docente

Mario Hernandez
Rebelión

Continúa el conflicto docente en Misiones y Catamarca. Protesta mapuche paraliza plantas de YPF. La Corte Suprema deja sin efecto una sentencia contra delegado de FATE. Procesan a la Comisión Interna de Perfil. Reconocimiento a FESPROSA. Recorte presupuestario en el Garrahan. Despidos en Paraná Metal y Panda. Denuncian vaciamiento en Ecotrans.
Los docentes misioneros se encuentran luchando hace más de un mes en reclamo de un aumento salarial. Han realizado diversas acciones como cortes de calle, puentes y rutas, sin embargo aún no obtienen ninguna respuesta a sus reclamos.
Mientras el Gobierno de Misiones asegura no contar con recursos para pagar mejores sueldos a los educadores, se conocieron dos decretos por los cuales se transfirieron a la Universidad Gastón Dachary $ 4.620.000 y a la Fundación IPESMI otros $ 6.500.000. Ambas instituciones son manejadas por un candidato a intendente por el oficialismo.
En medio de una nueva jornada de lucha docente, que incluyó cortes de calles en varios puntos de Posadas y del interior provincial, desde el acampe que mantienen los educadores en la Plaza 9 de Julio de la capital provincial, el gobierno rechazó un acuerdo que mejore las condiciones salariales de los docentes que menos cobran, es decir, los maestros de grado, y tampoco devolverá a los trabajadores de la educación lo descontado por días de paro y seguirá aplicando descuentos a quienes adhieran a la medida de fuerza.
Por esto los docentes decidieron en asambleas que el paro continuará hasta el viernes 4 de septiembre y tres dirigentes gremiales Rubén Ortiz y Mónica Balmaceda del Movimiento Pedagógico de Liberación (MPL), más Leandro Sánchez de Utem, iniciaron una huelga de hambre sin consumo de líquidos lo que pone en serio riesgo su integridad física, exigiendo la apertura de diálogo con el gobierno.
El viernes 28 de agosto miles de maestras y maestros salieron al centro de la ciudad de Catamarca para reclamar por los bajos salarios. "A pesar de la burocracia que intentó desmovilizar, dando leña, desprestigiando a los docentes y tirando a los padres en contra de los trabajadores. También es cierto que fueron las bases, desde el interior, las que más fuerte impulsaron la convocatoria, por eso la marcha se venía pasando, hasta que no pudieron pasarla más", comentó una maestra.
El 29/8 en Lanús se realizó una reunión provincial de los docentes del Plan FinEs2 convocada por la Asamblea de docentes del Plan FinEs2 y Docentes precarizados FinEs2 de La Matanza para coordinar la lucha contra la precarización laboral y por la titularización masiva de todos los docentes del FinEs.
De la misma participaron docentes de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Plata y La Matanza. Además de Quilmes, Berazategui y Florencio Varela que mandaron su adhesión a la reunión.
Acordaron reclamar que se elimine la forma de contratación del Plan y de todos los planes, no solo el FinEs, sino el MEJORAS, Patios Abiertos, COAS, etc. Que los docentes de FinEs y de todos los planes precarizados accedan a la titularización de todas sus horas, es decir, tener los mismos derechos y el mismo salario que tienen los docentes que trabajan en la Dirección General de Escuelas y el mismo Estatuto Docente.
En septiembre, los maestros de la Ciudad de Buenos Aires comenzaron a cobrar el segundo tramo del acuerdo salarial que a fines de febrero consensuaron el Ministerio de Educación macrista y la dirección kirchnerista Celeste de UTE, UDA y otros sindicatos menores. El cargo testigo pasa de $7.200 a $8.380. Este acuerdo es de 26 % en dos cuotas que anualizado es menos de un 19 %. Claramente, la peor paritaria de toda la "gestión" del macrismo y la UTE y la peor paritaria de este año, comparada con cualquier otro gremio.
YPF mantiene parados importantes yacimientos por protesta mapuche

La petrolera YPF, controlada por el Estado argentino, informó de que la producción de hidrocarburos en importantes yacimientos de la provincia de Neuquén, en el suroeste del país, continúa paralizada hoy debido a las protestas de una comunidad indígena mapuche.

"Se tuvieron que cerrar 400 pozos de petróleo, 300 pozos de gas, 15 plantas de separación primaria de gas, 8 baterías, 2 plantas de procesamiento de gas y 1 planta de tratamiento de crudo", según dice un comunicado de YPF difundido el viernes.

La petrolera mantiene interrumpida la producción en los yacimientos de Loma La Lata, Rincón del Mangrullo y de Loma Campana desde la tarde de ayer, debido al bloqueo de los accesos a la zona por parte de la comunidad aborigen Paynemil, lo que supondrá pérdidas millonarias para la compañía.

La comunidad Paynemil exige que la provincia de Neuquén inicie trabajos de análisis territorial en las áreas de explotación de hidrocarburos para que queden establecidos cuáles son los límites de sus tierras. En protesta, sus miembros iniciaron esta semana un bloqueo del acceso a Loma La Lata.

Custodios de los derechos y garantías de la Constitución Nacional

Esta semana estuvieron suspendidos el miércoles 2 todo el personal de Fate y el jueves 3 la mitad. Además de que suspendieron los dos días a los tercerizados sin pagarles un peso, en forma completamente ilegal. Y ya anunciaron que vuelven a suspender el miércoles 9 y jueves 10.

Ante este panorama de suspensiones y paritarias estancadas, la Ejecutiva de la Seccional llamó a una movilización para el miércoles 9 al SUTNA Central y luego al Ministerio de Trabajo de Callao.

Pero no todas son malas noticias, con las firmas sin disidencias de sus integrantes Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Carlos Fayt, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), admitió el recurso extraordinario federal que interpuso el CeProDH (Centro de Profesionales por los derechos Humanos), dejando sin efecto la sentencia que permite excluir de su tutela sindical para despedir a Víctor Ottoboni, delegado de FATE, compartiendo los fundamentos de la procuradora fiscal Irma Adriana García Netto e integrándolos a su decisión.

La funcionaria señaló: "el argumento principal de la defensa del trabajador se fundó en el principio de libertad sindical, establecido en el artículo 14 bis y en las normas internacionales de derechos humanos. La consagración del ejercicio de esa libertad, en especial en lo relativo a la representación de los intereses de los trabajadores, el derecho a reunión y el derecho a formular un programa de acción impone reconocer a los magistrados de todas las instancias el carácter de irrenunciables custodios de los derechos y garantías de la Constitución Nacional". También la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, ordenó al Ministerio de Trabajo en un fallo fechado el 31 de agosto pasado el otorgamiento de la personería gremial en un plazo de diez días hábiles a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), sindicato presidido por el médico Jorge Yabkowski que cuenta con más de 30.000 afiliados en todo el país y que integra la Central de Trabajadores de la Argentina (Autónoma).

También los metrodelegados consideran que a lo sumo en 30 días estarán llevando a cabo la compulsa frente a la Unión Tranviarios Automotor (UTA), que sellará en su favor la personería gremial. Allí esperan validar su representación para los trabajadores del subte.

Mientras tanto, la Comisión Gremial Interna de Perfil ha sido procesada por un paro de actividades contra despidos producidos a fines del 2013. La causa fue iniciada por una denuncia de la empresa contra los delegados a los que acusó de atentar contra la "libertad de prensa" invocando el Código Penal.

El procesamiento es una enorme provocación contra el gremio de prensa ya que vulnera el derecho de huelga y, más en general, es un peligroso antecedente contra las organizaciones sindicales. El fallo llega también en medio del debate que se desarrollará el próximo jueves 10 en la Corte Suprema sobre la potestad del derecho de huelga.

La campaña contra el procesamiento lleva ya más de 5.000 firmas de personalidades. La Asociación de Abogados Laboralistas también ha repudiado el fallo.

El 8 de septiembre a las 10:30 la Sala 7 de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional ha convocado a una audiencia pública con motivo de la apelación presentada por los abogados de la Comisión Interna. El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) ha convocado a un acto en la puerta de la Cámara, en Viamonte y Cerrito. También varios sindicatos de prensa de distintas provincias y la Federación Nacional han comprometido su presencia.

Recorte presupuestario al Hospital Garrahan

El 27 de agosto la sesión ordinaria de la Legislatura Porteña aprobó la modificación del Presupuesto. Dicha modificación incluye un recorte al presupuesto operativo y partida de salarios correspondientes al Hospital Garrahan. El gobierno de la Ciudad habría transferido un total de 44 millones de los 158 que le corresponde este año, cifra que junto con la partida del gobierno nacional completan el presupuesto de la institución.

Esta situación es parte del ajuste aplicado al hospital que incluye falta de personal, degradación de la calidad de los insumos, restricción de acceso a los tramos y niveles, el cierre de la salita de 3 del Jardín Maternal, la estafa de la tercerización que genera ganancias de 7 millones para los empresarios y mantiene a más de 500 trabajadores con sueldos de $ 6.000. Ante esta situación la asamblea general convocada en forma conjunta por la Junta Interna de ATE y la Asociación de Profesionales del Hospital Garrahan realizada el jueves 3 resolvió un plan de lucha que continúa las acciones por la reincorporación de Elizabeth Ríos, enfermera de 23 años de antigüedad cesanteada por persecución sindical.

Por votación unánime los trabajadores se declararon en asamblea permanente. A su vez, se votó la exigencia de que no toquen ni un peso de los salarios ni del hospital y el rechazo a que el PRO y el FPV intenten utilizar a los trabajadores para la campaña electoral. Para llevar adelante la lucha por esos puntos se comenzará con un corte de calle el 10/09 y un paro de una hora por turno el 17/09. A su vez, desde la Junta Interna ATE se viene impulsando el reclamo de apertura de los libros contables ante el manejo turbio del presupuesto hospitalario. La Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires (CICOP-CTA) realizó asambleas en todas las seccionales durante esta semana. El sábado 5 de septiembre hubo un Congreso de Delegados y se inicia el reclamo por el aumento de los reemplazos de guardia.

"Consideramos que debe incorporarse a las discusiones el pedido de reapertura de paritarias para discutir salarios y condiciones de trabajo en esta etapa, cuestión a consensuar con el resto de los gremios estatales. En función de los mandatos, el Congreso definirá las medidas gremiales, intentando redoblar la presión sobre un Gobierno que está en medio de la campaña electoral de cara a octubre", comunicaron desde el gremio.

Más de 250 sedes de Anses, mediante asambleas en todo el país, vienen expresando desde hace días el repudio contra los descuentos por ganancias, licuando los salarios entre un 30 y 40%.

Por primera vez se ha logrado que los cuatro sindicatos de Anses, estén a la cabeza este conflicto.

El pasado 31 de agosto, la Jefatura de Anses convocó a una reunión con los 4 gremios (UPCN, Aposp, Ate y Secaspi) a fin de abrir una suerte de nueva paritaria.

Los trabajadores de Anses de todas las asambleas del país sostienen que el salario no es ganancia y reclaman la devolución del 100 % del dinero descontado.

Paraná Metal otra vez en el ojo de la tormenta

La recepción de 180 telegramas de preaviso de despido para el 31 de octubre, es una parte más de una historia de pauperización, desguace, cambio de manos y estrepitosa reducción de personal.

La realidad es que desde que el empresario K Cristóbal López se hizo cargo de la planta en 2009 y principalmente desde la reapertura hace tres años y medio atrás, hay suspensiones permanentes. Sólo este año, entre abril y agosto, no las hubo, por gestiones obreras para incrementar líneas de trabajo. Lo que llama la atención de los operarios es que el anuncio de cierre no se condice con las perspectivas de mejora para el 2016.

Por ahora existe un canal de diálogo abierto con la cartera laboral nacional, que se lleva adelante a través la UOM nacional. Según las propias autoridades, las conversaciones de Carlos Tomada y su par del Ministerio de Industria, Debora Giorgi, se realizaron en duros términos con Fabián De Souza, uno de los dueños. "Nosotros tenemos la decisión de seguir laburando y buscar alternativas de continuidad, con la empresa o sin ella. Es muy difícil si no hay producción, pero nuestra idea en estos 60 días es buscar alternativas, pelearla y continuar con las fuentes de trabajo. Desde la empresa está claro que algo están buscando, el tema es que no sabemos si es dilatar el tiempo y terminar en el cierre definitivo o continuar con la producción y ejercer presión mediante la amenaza de cierre", expresó Leandro Del Greco, miembro de la Comisión Interna de Paraná Metal, integrante de la UOM Villa Constitución y referente de la CTA Autónoma villense.

"A nosotros la crisis internacional del sector automotriz no nos afecta para nada hoy, porque no hacemos nada para esa industria. El problema acá es estructural y está vinculado a la política nacional de intercambio comercial bilateral con Brasil desde hace 20 años o más. El problema es que los autos tienen la mayor cantidad de piezas importadas. Hay muchas piezas de la industria automotriz que nosotros podemos hacer. Tenemos los herramentales, las matrices, ya se hicieron en el pasado. Paraná Metal es la tercera planta más importante de Sudamérica en el sector autopartes, para el que hoy no producimos nada, salvo alguna línea de campanas, discos y volantes para alguna empresa. A Paraná Metal la crisis de la industria automotriz no le va ni le viene. Ojalá de los 600.000 autos que se venden pudiéramos hacerle la campana y los discos a una parte. Para hacer los blocks de motor para todos, necesitaríamos tres Paraná Metal, no una. El problema es que el auto que te venden en la concesionaria de la esquina de tu casa tiene un 80% de composición extranjera. No se hacen en Argentina", aclaró el referente de la Comisión Interna.

Pasó a un cuarto intermedio hasta este lunes a las 10 de la mañana la audiencia en el Ministerio de Trabajo para negociar la situación laboral del casi un centenar de empleados de la fábrica de helados Panda, de Villa Gobernador Gálvez (Santa Fe), que rechazaron la oferta de la patronal de pagar en cuotas sólo el 50 % de la indemnización que les corresponde, e incluir en este plan los tres meses de sueldo y aguinaldo adeudados.

En garantía de pago, la firma ofrece el propio edificio de avenida San Martín al 2800, el cual, según los trabajadores, estaría embargado desde 2013, por lo que los empleados consideran que no hay seguridad alguna sobre lo planteado en las negociaciones.

Si bien los trabajadores reconocen que "en este momento no hay esperanzas de que se dé marcha atrás con el cierre", mantienen la ilusión de poder "conservar las fuentes laborales y en un futuro poder formar una cooperativa".

Los trabajadores de la empresa ECOTRANS que pertenece al Grupo Plaza del cual son dueños los Cirigliano (quienes regenteaban el tren Sarmiento al momento de la tragedia de Once) denunciaron el vaciamiento de la misma. En este sentido, plantean que la empresa cerró la cabecera de Primera Junta, lo que les impide completar el recorrido, que no invierten los subsidios en mejorar el servicio y piden la intervención estatal para solucionar el conflicto y asegurar los puestos de trabajo.

"La empresa se ha declarado en convocatoria de acreedores que nosotros entendemos que es trucha porque no había una situación que la ameritara, sino que lo utilizan como un elemento de presión ante las autoridades para que les otorguen más subsidios, cosa que vemos difícil", explicó Carlos Pacheco, delegado de los trabajadores de ECOTRANS y agregó que esta situación "tiene que ver con la ineficiencia patronal y con el vaciamiento".

En este contexto, como el transporte es un servicio público, Pacheco explicitó que "reclamamos que el responsable de preservar los puestos de trabajo y los servicios es el Estado. Exigimos una auditoría para ver dónde han ido los fondos y que junto a los trabajadores se controlen los subsidios para que se dirijan a la reactivación de la empresa y no a saco sin fondo, porque el servicio corre riesgo".

Es por ello que planteó como única alternativa de solución "la lucha de los trabajadores y el acompañamiento de los usuarios y de las organizaciones que puedan acompañar, sino va a terminar como tantas empresas a las que le han quitado la concesión y terminan en un desguace que tiene como víctimas a trabajadores y usuarios".

Elecciones en ATE

El pasado 2 de septiembre se realizaron las elecciones en la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE). A nivel nacional votaron 118.000 trabajadores, menos de la mitad del padrón electoral. Hasta el momento sigue abierto su resultado definitivo para el Consejo Directivo Nacional.

Por un lado la lista oficialista Verde Anusate, encabezada por Cachorro Godoy y referenciada con el Frente Popular de Víctor De Gennaro se auto consagró ganador a la Secretaría General de ATE Nacional. Unas horas después, Nando Acosta, el candidato de la lista Verde y Blanca, apoyada y orquestada por los kirchneristas Edgardo Depetri y Milagros Sala, también se proclamaba vencedora.

Lo que reconocen ambas listas es qué provincias ganó cada una. Godoy ganó en Santa Cruz, Catamarca, Entre Ríos, Córdoba, Misiones, Río Negro, San Juan, Formosa, Santiago del Estero, La Pampa, Chaco y San Luis y Acosta en Capital Federal, Jujuy, Neuquén, Tierra del Fuego, Santa Fe, Corrientes y Tucumán. Sin embargo, se deberá esperar varios días de escrutinio definitivo y resolución de impugnaciones varias para ver qué cantidad absoluta de votos totales tiene cada lista para resolver quién será el nuevo Secretario General de ATE Nacional.

A esta división debemos sumarle el reciente enfrentamiento entre Víctor De Gennaro y Pablo Micheli. Luego de que se abortó la posibilidad de un frente de la centroizquierda socialdemócrata con Binner a la cabeza cada uno siguió un camino diferente. El primero lanzando su propio proyecto político como candidato a presidente por el Frente Popular (que en estas últimas PASO no llegó a superar el piso proscriptivo) y el segundo buscando una candidatura con Margarita Stolbizer. Este enfrentamiento llevó a esta división que permitió el avance del kirchnerismo en el gremio, sumado a la parálisis con que lo venían conduciendo, sin asambleas ni plenarios de delegados y mucho menos planes de lucha.

Este enfrentamiento derivó en el apoyo a distintas listas. Mientras De Gennaro fue el mentor de la Lista Verde Nacional de Cachorro Godoy, Pablo Micheli presentó una competencia solamente en Capital con José Luís Matassa, dividiendo los votos y permitiendo de esta forma que el kirchnerismo se hiciese de la directiva de la seccional por menos de 400 votos. De esta forma el michelismo quedó como el principal derrotado de estas elecciones, no consiguiendo ni un sólo cargo dentro de los 5.000 que se encontraban en juego y perdiendo la única seccional que respondía al líder de la CTA Autónoma.

Por su parte, la principal lista de la izquierda unida en la Bermellón, conformada por las agrupaciones sindicales del PTS-Marrón Clasista, del PO, IS, CEO, ATE desde Abajo y Rompiendo Cadenas, logró retener las conducciones de ATE Mendoza y las seccionales de Alte. Brown y Lomas de Zamora en la provincia de Buenos Aires. La Bermellón también ganó en el IOMA y el Ministerio de Educación de La Plata, el Hospital Castro Rendón de Neuquén, pasando por los Ministerios Nacionales de Economía y Trabajo y las dependencias del GCABA de la Dirección General de Música y Promoción Social, entre otras tantas. Por detrás y con guarismos muy bajos quedaron las listas Gris y Roja y la Lista Lila, referenciadas respectivamente en el MAS y el MST.

En Córdoba la Verde Anusate mantuvo la conducción del gremio. La lista Bermellón por su parte, cercana a un 10% a nivel provincial, en Córdoba Capital obtuvo resultados similares a la lista Verde Azul.

En Rosario, con el 49 % de votos la Lista Verde Anusate liderada en esta seccional por Raúl Daz, Secretario General electo y Lorena Almirón, Secretaria General Adjunta electa, triunfó con holgura. La Lista Verde obtuvo 1.569 votos, contra los 941 de la Lista Verde y Blanca, mientras que la Lista Bordó alcanzó los 558 votos, seguida por La Naranja, con 88.

De acuerdo al portal especializado Infogremiales la interna de La Verde "abona las chances de la oposición" y plantea una discusión sobre los futuros dirigentes que pelearán por la conducción del gremio. "Quien emerge con mayor proyección por el lado del oficialismo es De Isasi, quien traccionó buena parte de la victoria de Godoy con su contundente margen en la provincia de Buenos Aires. Desde la oposición si bien el jujeño Acosta hizo un buen papel, habrá que mirar la nueva conducción porteña para saber si desde allí saldrá el nuevo referente nacional", explicaron desde el portal.

Fuentes: La Capital (Rosario), Equipo de comunicación CTA Rosario, La Izquierda Diario, www.ambito.com, www.infobae.com, www.ctabuenosaires.org.ar, Anred, Red Eco Alternativo, La Vanguardia, ADN, Tribuna Docente, Ademys, infocielo.com, Prensa CICOP, Clarín, La Naranja de Prensa, www.agenciacta.org y www.lanacion.com.ar

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.

http://www.rebelion.org/noticia.php?id=203031

lunes, 7 de septiembre de 2015

La Olla TV > Entrevista al presidente de la FESPROSA Jorge Yablowski >

FESPROSA: UN TRIUNFO PARA LA LIBERTAD SINDICAL Y LA PERSISTENCIA DE LA AUTONOMÍA
ENTREVISTA A JORGE YABKOWSKI

*Ir al sitio original para escuchar y descargar audios*

La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo que otorgue la personería jurídica a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (Fesprosa), que nuclea a gremios de médicos y profesionales de la salud pública, en un plazo de 10 días hábiles.

Hablamos con Jorge Yabkowski, quien preside la Federación:

"Venimos peleando por esta personería gremial hace cerca de seis años, es una situación bastante increíble porque el pedido de personería tenía un dictamen favorable por parte de la dirección de Asociaciones Sindicales, hasta la propia vice ministra había firmado y después por una decisión política de no otorgarnos la personería volvieron atrás con su propia decisión y nos hicieron entrar en un laberinto judicial y administrativo realmente Kafkiano".

"Desde entonces con movilizaciones, demandas en la OIT, con verdaderas exigencias de todo tipo empezamos este camino de la vía judicial. Después de cinco años y medio la cámara nacional de apelaciones de trabajo ordenó al ministro que en diez días hábiles nos otorgue la personería".
Como también señalaron en un comunicado "desde su fundación, la Fesprosa hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud", destacó el dirigente, y manifestó que "desde 2007, la lucha de la Fesprosa ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud".

"Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la Fesprosa saldrán a la calle para exigir su acatamiento", advirtió.

Por otro lado, relato el significado que tiene esta decisión.

"Para nosotros tiene un gran significado, es el triunfo de la libertad sindical, de la persistencia de la autonomía".
"Nos decían claramente que si íbamos a la CGT o si nos hacíamos kirchneristas o nos subordinábamos a West Ocampo el trámite iba a andar. Nosotros decidimos por la autonomía. Así, lo ratificaron todos los congresos de la Federación. Nos movilizamos y logramos por fin este fallo favorable. Nos fortalece sobre todo en las provincias donde menos libertad sindical hay y donde hay exigencias más serias de los gobernadores, nos fortalece legalmente para apoyar a los compañeros que luchan".

Para nosostros tiene u gran significado, es el triunfo de la libertad sinbdcal, de la persistencia de la autonomia, nos decian claramete que si ibamos a la cgt o si nos haciamos kirchneristas o nos subordnabamos a luos ocampo el tamite iba a andar. nosotros decidimos por la autoniia, asilo atificaron todos lso congresos de la federacion. nos movilizamos y logramos por fin este fallo favorable. ns fortalece sobre todo en las provincias donde menos libertad sindical hay y donde hay exigencias mas serias de los gobernadores nos fortaece legalmente para apoyar a lso compareños que luchas.

http://www.laolla.tv/2015/09/fesprosa-un-triunfo-para-la-libertad-sindical-y-la-persistencia-de-la-autonomia/

Infofueguina - La justicia ordenó otorgar la Personería Gremial a FeSProSa >

La justicia ordenó otorgar la Personería Gremial a FeSProSa

Desde la citada organización sindical subrayaron que la medida judicial constituye "un triunfo colectivo de los 30 mil afiliados de la Federación, un triunfo de la libertad y de la democracia sindical y un aliciente para los que piensan, como nosotros, que hay que batallar por los derechos sin vender el alma al diablo".

La dirigencia de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA-CTA) expresó su satisfacción por la resolución judicial a su favor, que ordena al Ministerio de Trabajo otorgar la personería gremial a dicha entidad gremial.
El presidente de la citada organización sindical, Jorge Yabkowski, confirmó la decisión judicial y anotó que la medida fue dispuesta tras "casi seis años, desde el día que el jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo de la Nación, Norberto Ciaravino, me dijo que no iban a firmar nuestra personería gremial", situación que ubicó en el hecho de que "West Ocampo y los gordos de FATSA querían mantener el unicato a lo que diera lugar ".
"Cristina Kirchner y su Ministro de Trabajo, Carlos Tomada, nos hacían pagar con sangre nuestra vocación de autonomía, nuestra construcción plural con democracia de base", manifestó el titular de la FESPROSA, quien aseveró que en medio de su lucha para conseguir la regularización sindical "nos soplaron al oído que 'si en vez de la CTA hubieran optado por la CGT sería otra cosa'".
El dirigente gremial manifestó -en declaraciones a la agencia de noticias de la CTA- que "la decisión de no vender el alma al diablo fue colectiva", situación que "lo discutimos una y otra vez en Ejecutivos y Congresos".
"Había compañeros -los menos- que sostenían que había que bajar nuestra independencia de criterio y empezar a caminar los pasillos del poder, buscar padrinos poderosos en la estructura del PJ y el kirchnerismo", relató el Secretario de Salud Laboral de la CTA Autónoma, quien anotó que les llegaron a decir "que con el 'principismo' la personería no iba a llegar nunca".
Después mencionó que recorrieron "con nuestros abogados las oficinas del Ministerio, los juzgados laborales de primera instancia y luego la Cámara de Apelaciones del Trabajo" y que "en paralelo denunciamos a Tomada, movilizamos a los Ministerios de Trabajo y de Salud y fuimos en queja a la OIT, que avaló nuestro pedido".
Yabkowski comentó que "en el último día de agosto, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le ordenó a Tomada que nos otorgue la Personería Gremial, sin perjuicio de batallar por el fin del régimen retrógrado de Personería Gremial dimos esta batalla para obtener un instrumento que nos ayude hoy a defender mejor los derechos de los profesionales y trabajadores de la salud".
"Lo logramos sin bajar nuestras banderas", resaltó e indicó que "fue un triunfo colectivo de los 30 mil afiliados de la Federación, un triunfo de la libertad y de la democracia sindical y un aliciente para los que piensan, como nosotros, que hay que batallar por los derechos sin vender el alma al diablo", concluyó Jorge Yabkowski.

http://www.infofueguina.com/m/nota.asp?id=10701

jueves, 3 de septiembre de 2015

La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo a otorgar la personería jurídica a Fesprosa en 10 días hábiles | Gestión Sindical >

fesprosa
La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo a otorgar la personería jurídica a Fesprosa en 10 días hábiles

3 de septiembre de 2015 Actualidad

El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, favorece a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina.

La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo que otorgue la personería jurídica a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (Fesprosa), que nuclea a gremios de médicos y profesionales de la salud pública, en un plazo de 10 días hábiles.

El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, que se conoció hoy, fue emitido el lunes.
La federación, presidida por Jorge Yabkowski, se conformó en 2005, tiene más de 30 mil afiliados en todo el país e integra la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma).

El reclamo de personería jurídica de la federación fue respaldada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que en 2012 pidió al gobierno argentino que informe "por qué no otorgó aun la personería gremial a los trabajadores del sector".

Yabkowski celebró en un comunicado "la decisión judicial y exhortamos al ministro de Trabajo nacional Carlos Tomada a cumplir el fallo de la justicia argentina, que es el fruto de la lucha de 30 mil trabajadores y trabajadoras que integran la Fesprosa".

"Desde su fundación, la Fesprosa hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud", destacó el dirigente, y manifestó que "desde 2007, la lucha de la Fesprosa ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud".

Asimismo, sostuvo que "el fallo ordena al ministro otorgar la personería en diez días hábiles".
"Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la Fesprosa saldrán a la calle para exigir su acatamiento", advirtió.

Fuente: La Prensa

http://gestionsindical.com/la-justicia-ordeno-al-ministerio-de-trabajo-a-otorgar-la-personeria-juridica-a-fesprosa-en-10-dias-habiles/

La justicia ordenó otorgar la personería a la FESPROSA | Info Gremiales >

Personería a la FESPROSA

La Justicia ordenó al Ministerio de Trabajo que en un plazo de diez días hábiles otorgue la personería gremial a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA). La decisión desafía el unicato sindical.

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo instruyó al Ministerio de Trabajo para que en un plazo de diez días hábiles otorgue la personería gremial a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud (FESPROSA) que conduce Jorge Yabkowsky y representa en todo el país a treinta mil profesionales y trabajadores de la salud.

Los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodrí­guez Brunengo, de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, ordenaron a la cartera laboral nacional el otorgamiento de la personerí­a gremial.

"El gremio exhorta a Trabajo a cumplir el fallo judicial, fruto de la lucha de treinta mil trabajadores", puntualizaron desde el sindicato.

La FESPROSA fue fundada a fines de 2005 como primera entidad nacional profesional de carácter sindical, se integró con afiliados de todas las profesiones y actividades en el sistema público de la salud y es mayoritaria en 16 de 24 provincias.

"Desde un principio, el gremio hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud y, desde 2007, logró la regularización de más de 25.000 profesionales y trabajadores" de la actividad, aseguró Yabkowski en un comunicado.

El reclamo de personerí­a gremial había sido respaldado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), reseñó el gremio.

La Sala VII resolvió admitir la presentación de forma oportuna realizada por el gremio en los términos del artículo 62, inciso c, de la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y ordenó su otorgamiento con carácter de asociación de segundo grado sobre el ámbito de representación que, con personería, agrupa la Asociación de Profesionales de la Salud de Salta, Mendoza y Buenos Aires y en un plazo hábil de 10 días a partir del fallo.

La resolución pone en jaque el unicato sindical y desafía a un peso pesada de la CGT como es Carlos West Ocampo, titular de los trabajadores de Sanidad que se oponían al reconocimiento de la FESPROSA.

Jueves 03 de septiembre de 2015 | 08:09hs

http://www.infogremiales.com.ar/la-justicia-ordeno-otorgar-la-personeria-a-la-fesprosa/

Trabajo deberá otorgar personería gremial a la FESPROSA | Mundo Gremial >

Trabajo deberá otorgar personería gremial a la FESPROSA

Así lo establece el fallo judicial de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. "Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los trabajadores saldrán a la calle", aseguró Yabkowski.

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó al Ministerio de Trabajo el otorgamiento de la personería gremial en un plazo de diez días hábiles a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA).
"Celebramos la decisión judicial y exhortamos al ministro de Trabajo nacional Carlos Tomada a cumplir el fallo de la justicia argentina, que es el fruto de la lucha de 30 mil trabajadores y trabajadoras que integran la FESPROSA", expresó el titular del gremio, Jorge Yabkowski.
FESPROSA se fundó a fines de 2005, con el carácter de primera organización nacional profesional de carácter netamente sindical, con afiliados de todas las profesiones y actividades en el sistema público de salud. El sindicato presido por Yabkowski, cuenta hoy con más de 30 mil afiliados en todo el país e integra la CTA Autónoma de Pablo Micheli.
La organización gremial es mayoritaria en 16 de las 24 provincias argentinas. "Desde su fundación, la FESPROSA hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud. Desde 2007, la lucha de la FESPROSA ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud", reveló Yabkowski.
El reclamo por la personería de la FESPROSA fue respaldado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la que en 2012 se dirigió al gobierno nacional argentino pidiendo que informe "por qué no otorgó aun la personería gremial" a los trabajadores del sector".
Por último, Yabkowski expresó que "el fallo ordena al ministro otorgar la personería en diez días hábiles. Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la FESPROSA saldrán a la calle para exigir su acatamiento".

http://mundogremial.com/informacion-general/trabajo-debera-otorgar-personeria-gremial-a-la-fesprosa-6993

Trabajadores de la salud van al paro el próximo lunes - Agencia CTA - ACTA >

Santa Fe
Trabajadores de la salud van al paro el próximo lunes

Jueves 3 de septiembre de 2015, por Prensa FESPROSA *

El Sindicato de Profesionales Universitarios de la Sanidad (SIPRUS-FESPROSA) realizará un paro de actividades el próximo lunes 7 de septiembre en los hospitales provinciales en reclamo por deudas salariales y en contra de la precarización salarial.

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La medida se anunció el martes 1 de septiembre por la mañana en una conferencia de prensa de los profesionales donde además se detalló que la huelga es por el "pago de salarios y deudas generadas con los profesionales reemplazantes".

"Centenares de profesionales reemplazantes en APS y hospitales demoran hoy más de seis meses en percibir sus haberes.A su vez el estado provincial mantiene deudas con más de 150 jefes de servicio que ejercen su función y no la cobraban, al igual que decenas de jefes de centros de salud", indicó el gremio a través de un comunicado.

Por otra parte, SIPRUS indicó que la medida de fuerza "está originada en el incumplimiento de otros acuerdos paritarios como la entrega de ropa de trabajo y el pago del adicional por guardia activa según carga horaria".

"Los profesionales de la salud no pueden seguir trabajando sin cobrar, financiando de sus bolsillos las deudas que el mismo estado genera con los trabajadores. Desde comienzos de año Siprus viene reclamando ante el Ministerio de Salud la solución de estos graves problemas sin encontrar respuesta", añadieron.

Fuente: www.rosario3.Com

* Equipo de Comunicación de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA)

http://www.agenciacta.org/spip.php?article17066

Congreso Nacional de Médicos de Pueblos Fumigados | Red Universitaria de Ambiente y Salud – Médicos de pueblos fumigados >

Red Universitaria de Ambiente y Salud – Medicos de pueblos fumigados Red Universitaria de Ambiente y Salud - Medicos de pueblos fumigados
   
Congreso Nacional de Médicos de Pueblos Fumigados

El próximo 15, 16 y 17 de Octubre de 2015 se realizará el 3º Congreso Nacional de Médicos de Pueblos Fumigados en el Aula Magna de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires. El Congreso esta destinado a médicos, estudiantes y público en general y es de libre acceso, sin costo

Breve historia

Desde el año 2001 se comienzan a sentir voces de pobladores de pueblos y barrios periféricos de ciudades grandes que denuncian que se enferman de una manera diferente y grave. Poco a poco médicos de estos pueblos y barrios se suman a la denuncia y expresan que sus pacientes se enferman de cáncer, trastornos endocrinos, inmunológicos y reproductivos de una manera nueva y que antes de que se empezara a fumigar como se hace ahora, en los cultivos transgénicos, esto no pasaba. En Agosto de 2010 se convoca a un Encuentro Nacional de Médicos de pueblos Fumigados, en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba, para tratar de conocer y analizar lo que observaban estos médicos, ya que para la academia, como para los ministerios de salud, no existían un problema vinculado a la exposición a plaguicidas. Concurren más de 300 profesionales de 12 provincias y muchos científicos del CONICET muestran sus investigaciones que reafirmaban el vinculo entre agroquímicos y daño a la salud. Se elabora una Carta a la Presidente de la Nación, otra a la Mesa de Enlace de Entidades agrarias y se elabora un Informe del Encuentro. También se crea la Red de Médicos de Pueblos Fumigados, para difundir la información científica independiente que se reúna sobre el tema y para apoyar a los pequeños equipos de salud que defienden el derecho a la salud de sus vecinos.

Médicos de Pueblos Fumigados
En Junio de 2011, se realiza el 2º Encuentro de Médicos de Pueblos Fumigados en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario; en el marco del 1º Congreso de Salud Socio-ambiental. En este Encuentro se reafirman los conocimientos y experiencias acumuladas y se elabora una declaración dirigida a los partidos políticos que disputan elecciones presidenciales.

Contexto Actual

En 2015, la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha reconocido lo que muchos médicos, afectados y vecinos sabíamos desde hace años: los pesticidas que más se utilizan en Argentina producen cáncer. Glifosato y 2.4 D, los herbicidas más consumidos son cancerígenos humanos. A pesar de ello, 200 millones de litros-kilos de glifosato se consumen por año en la Argentina, generando una dosis potencial de exposición de 5 l-k por argentino por año. En las zonas agrícolas el monocultivo de soja (y en menor medida de maíz) se extiende en 25 millones de hectáreas en donde viven 12 millones de personas, los niveles de exposición (ya no potencial) se elevan a 30 – 60 l-k por persona, por año.

Distribución nacional del cultivo de soja transgenica resistente a glifosato. Minagri 2011
Los estudios realizados en más de 25 pueblos, de menos de 15.000 habitantes, en provincia de Santa Fé, Córdoba y Entre Ríos muestran que la primera causa de muerte es el cáncer (30% o más) desplazando por mucho a los problemas cardiorespiratorios (en Argentina la primera causa de muerte es cardiovascular con el 26% y la segunda el cáncer con el 20%); que las incidencias y prevalencias de cáncer en general triplican a las que se reconocen en la ciudades, que los enfermos oncológicos son más jóvenes que lo esperable, que los problemas respiratorios y endocrinos duplican las prevalencias esperadas y que el impacto en salud reproductiva es inocultable.

Distribución de cultivos de soja resistente a glifosato y distribución de la mortalidad por cáncer en Córdoba y Santa Fe, segun Minagria y Ministerios de Salud provinciales.
La perdida de embarazos deseados a través de abortos espontáneos e inexplicables tiene una tasa que va del 10% al 22% en mujeres de edad reproductiva en 5 años y las tasas de niños que nacen con malformaciones son el doble y a veces el triple de las tasas esperables o que se ven en todo el resto del país.

Sin embargo, los gobiernos provinciales de las provincias sojeras y de las que pretenden serlo también (Santiago del Estero, Chaco, Tucumán, Salta y Formosa), y el gobierno nacional parecen no escuchar el dolor de las familias rurales, pero aprovechan la apropiación de parte de las rentas agrarias a través de retenciones e impuestos como fuente de financiamiento a los gastos del estado. Pero desgraciadamente el negocio de la soja en un negocio toxico, que destruye el ambiente, desplaza poblaciones y enferma a las personas, además de producir granos y alimentos contaminados con venenos que producen cáncer y demás patologías.

El sistema se sostiene sobre la base de negar y ocultar el impacto en la salud agraria repitiendo afirmaciones publicitarias de las empresas multinacionales (que proveen pesticidas y semillas transgénicas), acerca del carácter atóxico de sus agrovenenos (como que se puede beber Round Up sin peligro y que el glifosato es como agua con sal).

En los últimos 20 años se naturalizó producir alimentos o sus insumos básicos utilizando cantidades crecientes de venenos, como una práctica normal o habitual, como si los herbicidas o las insecticidas no actuaran sobre los humanos, como si nuestros sistemas biológicos fueran totalmente distintos o procedieran de un camino evolutivo totalmente diferente al del resto de los seres vivos de nuestro planeta. Producimos y consumimos alimentos cargados de residuos de  venenos que generan enfermedad y nos alejan de la seguridad alimentaria.

Los intereses comerciales del mercado del alimento nos niegan el derecho al alimento sano, en cantidad suficiente y accesible para todas las personas como un derecho humano esencial y ponen en crisis nuestra soberanía alimentaria.

Necesidad del 3º Congreso de Médicos de Pueblos Fumigados

Después de 4 años, en los que se generó mucho más conocimiento científico mundial y con más datos locales que reafirman nuestra observación; los profesionales de la salud y los investigadores nos reunimos para intercambiar nuestras experiencias y conocimientos adquiridos, de manera de poder ser más eficaces en defender la salud de nuestras poblaciones y a escuchar colectivamente el relato de los afectados en nuestra patria.

Esta vez es la Facultad de Medicina de la UBA la que nos alberga y acoge. Nuestras Universidades públicas deben estar siempre listas para estudiar, debatir y asumir los problemas reales de nuestro pueblo, y nuestras universidades democráticas deben tener la obligación moral de decir las cosas por su nombre: si los "fitosanitarios" matan y producen cáncer, son agrotóxicos y debemos restringir la exposición de las poblaciones (de niños y mujeres en primer lugar) a las mismas para proteger su salud.

Agradecemos a Facultad de Medicina de la UBA y a todos los investigadores nacionales que con su trabajo dieron sustento a la determinación del carácter cancerígeno del glifosato. Entre ellos al grupo de investigadores de Medicina de la UBA encabezado por Andrés Carrasco, a tres grupos científicos más de Exactas de UBA, quienes junto a 6 equipos de investigadores de otras universidades públicas aportaron la ciencia argentina al IARC-OMS en la determinación del carácter cancerígeno del glifosato.

El reclamo de los pobladores de los pueblos fumigados del interior del interior de la Argentina crece y se multiplica como la cantidad inexplicables de enfermos y muertos de enfermedades terribles. Muchos pueblos han logrado ordenanzas municipales que relativamente los protegen de la exposición a agrotóxicos,  necesitamos visibilizar este conflicto que enfrenta a formidables intereses económicos del agronegocio con el derechos a la salud y al ambiente sano de poblaciones anónimas e ignoradas.

La situación se agrava en entornos de campesinos ancestrales y pueblos originarios donde el impacto sobre la población desposeída es terrible. Este 3º Congreso de Médicos de Pueblos Fumigados busca visibilizar esta situación y llevar este reclamo desoído y minimizado, a la opinión pública nacional y a las autoridades políticas del estado.

Autoridades del Congreso

Directores

Dr. Medardo Avila Vazquez, médico pediatra y neonatólogo, docente de Medicina de UNC y Coordinador de la Red Universidatia de Ambiente y Salud / Me´dicos de Pueblos Fumigados

Li. Miryam Gorban, Lic. en Nutrición, Profesora Titular de Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Fac. de Medicina de UBA.

Coordinador

Dr. Nicolás Loyacono

Secreatria de Prensa

Enf. Mercedes Mendez

Secretaria de Relaciones con la Comunidad

Dra. Elisa Sementuch

Organizadores del 3º Congreso

Red Universitaria de Ambiente y Salud / Médicos de Pueblos Fumigados

Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de Medicina de la UBA

FESPROSA (Federación Sindical de Profesionales de la Salud)

Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA)

Adhieren

Red de Acción en Plaguicidas para América Latina (RAP AL)

Colectivo Andrés Carrasco y Campaña SI a la Vida y NO al Glifosato

Red de Abogados de Pueblos Fumigados

Red Ecosocialista.

Inscripción

Dirigir mail a: medicosfumigados@reduas.com.ar

con lo siguiente:

Congreso de Médicos de Pueblos Fumigados

15, 16 y 17 de Octubre de 2015 – FACULTAD DE MEDICINA – C.A.B.A.

FICHA DE INSCRIPCIÓN

Apellido y Nombre … …………………………………………Procedencia…………….                                                                             Profesión………………………

Lugar de trabajo…… …………………….……………………

Dirección de Correo Electrónico … ……………………………………………………………………………………………………………

Fecha ……./……/……

Enviar a medicosfumigados@reduas.com.ar

Contactos

Director: medardoavilavazquez@yahoo.com.ar

prensa: meche_mendez@yahoo.com.ar

http://www.reduas.com.ar/congreso-nacional-de-medicos-de-pueblos-fumigados/

Intiman para que se otorgue una Personería Gremial - Diario El Sol >

SOCIEDAD | NACIONAL
Intiman para que se otorgue una Personería Gremial

Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina
La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, ordenó al Ministerio de Trabajo en un fallo fechado el 31 de agosto el otorgamiento de la Personería Gremial en un plazo de diez días hábiles a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), sindicato presidido por el médico Jorge Yabkowski que cuenta con más de 30 mil afiliados en todo el país y que integra la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma).
"Celebramos la decisión judicial y exhortamos al ministro de Trabajo nacional, Carlos Tomada, a cumplir el fallo de la Justicia argentina, que es el fruto de la lucha de 30 mil trabajadores y trabajadoras que integran la FESPROSA", expresó al respecto Yabkowski.FESPROSA se fundó a fines de 2005, con el carácter de primera organización nacional profesional de carácter netamente sindical, con afiliados de todas las profesiones y actividades en el sistema público de salud.
La FESPROSA es mayoritaria en 16 de las 24 provincias argentinas."Desde su fundación, la FESPROSA hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud. Desde 2007, la lucha de la FESPROSA ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud", reveló Yabkowski.
El reclamo por la Personería de la FESPROSA fue respaldado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la que en 2012 se dirigió al Gobierno Nacional pidiendo que informe "por qué no otorgó aun la Personería Gremial" a los trabajadores del sector".
Por último, Yabkowski expresó que "el fallo ordena al Ministro otorgar la Personería en diez días hábiles. Si Tomada se niega a cumplir con la Ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la FESPROSA saldrán a la calle para exigir su acatamiento".

http://www.elsolquilmes.com.ar/notas/74551-intiman-para-que-se-otorgue-una-personeria-gremial

ANRed > Fallo a favor de la personería del sindicato FESPROSA/CTA >

Fallo a favor de la personería del sindicato FESPROSA/CTA

Reproducimos:

LA JUSTICIA ARGENTINA ORDENÓ AL MINISTERIO DE TRABAJO NACIONAL OTORGARLE LA PERSONERÍA GREMIAL EN UN PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES A LA FESPROSA, GREMIO NACIONAL DE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DE LA SALUD CON MÁS DE 30 MIL AFILIADOS

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, ordenó al Ministerio de Trabajo en un fallo fechado el 31 de agosto pasado el otorgamiento de la personería gremial en un plazo de diez días hábiles a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), sindicato presidido por el médico Jorge Yabkowski que cuenta con más de 30 mil afiliados en todo el país y que integra la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma).

"Celebramos la decisión judicial y exhortamos al ministro de Trabajo nacional Carlos Tomada a cumplir el fallo de la justicia argentina, que es el fruto de la lucha de 30 mil trabajadores y trabajadoras que integran la FESPROSA", expresó al respecto Yabkowski.

FESPROSA se fundó a fines de 2005, con el carácter de primera organización nacional profesional de carácter netamente sindical, con afiliados de todas las profesiones y actividades en el sistema público de salud. La FESPROSA es mayoritaria en 16 de las 24 provincias argentinas.

"Desde su fundación, la FESPROSA hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud. Desde 2007, la lucha de la FESPROSA ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud", reveló Yabkowski.

El reclamo por la personería de la FESPROSA fue respaldado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la que en 2012 se dirigió al gobierno nacional argentino pidiendo que informe "por qué no otorgó aun la personería gremial" a los trabajadores del sector".

Por último, Yabkowski expresó que "el fallo ordena al ministro otorgar la personería en diez días hábiles. Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la FESPROSA saldrán a la calle para exigir su acatamiento".

http://www.anred.org/spip.php?breve11079

CTA Capital – La justicia ordenó a Tomada que otorgue la Personería Gremial a FESPROSA >

La justicia ordenó a Tomada que otorgue la Personería Gremial a FESPROSA

"Pasaron casi seis años desde el día que el Dr Norberto Ciaravino, jefe de Gabinete del Ministerio de Trabajo de la Nación,me dijo que no iban a firmar nuestra Personería Gremial. West Ocampo y los gordos de FATSA querían mantener el unicato a lo que diere lugar, confesó", sostiene Jorge Yabkowski, Presidente de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA-CTA).

El relato de Yabkowski prosigue: "Cristina Kirchner y su Ministro de Trabajo, Carlos Tomada, nos hacían pagar con sangre nuestra vocación de autonomía, nuestra construcción plural con democracia de base. 'Si en vez de la CTA hubieran optado por la CGT sería otra cosa', nos soplaron al oído".

"La decisión de no vender el alma al diablo fue colectiva. Lo discutimos una y otra vez en Ejecutivos y Congresos. Había compañeros (los menos) que sostenían que había que bajar nuestra independencia de criterio y empezar a caminar los pasillos del poder. Buscar padrinos poderosos en la estructura del PJ y el kirchnerismo. Nos decían que con el 'principismo' la personería no iba a llegar nunca", comenta el Secretario de Salud Laboral de la CTA Autónoma.

A renglón seguido, Yabkowski apunta: "Caminamos con nuestros abogados las oficinas del Ministerio, los juzgados laborales de primera instancia y luego la Cámara de Apelaciones del Trabajo. En paralelo denunciamos a Tomada, movilizamos a los ministerios de Trabajo y de Salud y fuimos en queja a la OIT, que avaló nuestro pedido".

"Y el momento llegó. En el ultimo día de agosto, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo le ordenó a Tomada que nos otorgue la Personería Gremial. Sin perjuicio de batallar por el fin del régimen retrógrado de Personería Gremial dimos esta batalla para obtener un instrumento que nos ayude hoy a defender mejor los derechos de los profesionales y trabajadores de la salud".

Lo logramos sin bajar nuestras banderas. Fue un triunfo colectivo de los 30.000 afiliados de la Federación, un triunfo de la libertad y de la democracia sindical. Y un aliciente para los que piensan, como nosotros, que hay que batallar por los derechos sin vender el alma al diablo", finaliza la declaración de Jorge Yabkowski.

El Fallo

CONGRESO-EXTRA7-3Poder Judicial de la Nación

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO – SALA VII. 63.955/2013. SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nro. 37696. CAUSA Nro. 63.955/2013- SALA VII- JUZGADO Nº 18

Autos: "FEDERACION SINDICAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA REPÚBLICA ARGENTINA C/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION S/ LEY DE ASOC. SINDICALES".

Buenos Aires, 31 de agosto de 2015.

VISTO:

"La acción deducida por la FEDERACIÓN SINDICAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (fs. 6/15), que persigue conjurar la omisión de resolver la solicitud de personería gremial por parte del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que en la tesis del apelante, implicaría una denegatoria tácita de la petición, en los términos del art. 62 inc. c) de la ley23.551.

Y CONSIDERANDO:

Que, la entidad de segundo grado pretende la obtención de un pronunciamiento que ordene a la demandada que resuelva en un plazo perentorio y conforme a derecho, el otorgamiento de la personería gremial a dicha organización sindical, atento lo dispuesto por el art. 32 de la LAS y la Resolución Nº 255/03 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Que, en sostén de tal postura, afirma que el silencio de la administración implica una clara violación de la libertad sindical, en los términos previstos por el Convenio 87 de la OIT, pues la Jefatura de Gabinete del Ministerio ha evitado en forma reiterada otorgar la personería a la Federación, a punto tal que las actuaciones volvieron sin motivo explícito a la Jefa de Estructura Sindical, quien a su vez lo eleva para dictamen de la Directora Nacional de Asociaciones Sindicales, cuando ésta ya había aconsejado, luego de analizar el otorgamiento de las personerías gremiales de cada una de las entidades afiliadas a FESPROSA, respecto al otorgamiento de la personería gremial solicitada, indicando que no era necesario el cotejo, porque la representación pretendida emana de las personerías otorgadas a las entidades de primer grado que integran la Federación, conforme el sistema radial ascendente, que había sido compartido por la Secretaria de Trabajo y elevado el pedido de personería al Sr. Ministerio de Trabajo con el correspondiente proyecto de resolución mediante el cual se le otorgaría la personería gremial a la FESPROSA, que es nuevamente ratificado por dicha Dirección.

Que, la accionada, luego de efectuar una negativa pormenorizada, sostiene que si bien el art. 26 de la ley 23.551 prevé un plazo de noventa días para que la autoridad administrativa se expida sobre la petición de una personería gremial efectuada por una entidad gremial, ningún artículo de dicho ordenamiento positivo prevé la facultad del interesado de considerar que se ha configurado la denegatoria tácita en el caso de que la administración no se hubiere expedido en dicho plazo.

Que, concluida la etapa de cognición y habiendo alegado las partes, se encuentra la acción en condiciones de resolver.

Que, en primer lugar se observa a partir del detenido análisis de las constancias de la causa, que la organización demandante ha solicitado la personería gremial ante la autoridad de aplicación, el día 29 de julio de 2008, contando para ello con la inscripción gremial por Resolución MTE y SS Nº 1157, del 10 de octubre de 2007 (fs. 10 del expediente administrativo que corre por cuerda).

Que, la Federación agrupa a las asociaciones sindicales de primer grado con personería gremial reconocidas o simplemente inscriptas, que tengan la representación de profesionales de la salud que se desempeñen en establecimientos y organismos de la salud del ámbito público y privado, con zona de actuación en la Provincia de Mendoza, además de las asociaciones sindicales de primer grado con personería gremial reconocidas o simplemente inscriptas, que tengan la representación de profesionales de la salud del ámbito público, con zona de actuación en las Provincias de Buenos Aires, Jujuy y Salta (fs. 122 del expediente que corre agregado por cuerda).

Que, la Sra. Directora Nacional de Asociaciones Sindicales compartió el 3 de mayo de 2010, el dictamen elaborado por la Sra. Asesora Técnico Legal el 28 de abril de 2010, quien analizó Acta Fundacional de la entidad sindical, el Listado de Asociaciones afiliadas a la Federación peticionante (Asociación de Profesionales de la Salud de la Provincia de Salta, Asociación Mendocina de Profesionales de Salud, Asociación de Profesionales Universitarios de la Administración Pública de Jujuy y la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires), las copias certificadas de las Actas de Asamblea de cada entidad de primer grado donde consta la voluntad de constituir una asociación de grado superior, la sustanciación con la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina y producidas en tanto lo pretendido podría colisionar con esta organización sindical, consideró que no existe colisión alguna entre ambas organizaciones sindicales de segundo grado y que se encuentra acreditada la exigencia de representatividad de la Federación requirente, establecida en el art. 25 inc. b) de la ley 23.551, en tanto se ha reconocido personería gremial a las entidades de base adheridas a la peticionante, por ser éstas las más representativas del ámbito pretendido y que las entidades de segundo grado representan a asociaciones de primer grado, por lo que su calidad de representación se ve reflejada en la entidad de segundo grado a la que se encuentran adheridas (fs. 138/145 del expediente administrativo).

Que, por tales motivos aconsejó que, conforme lo establecido por el art. 26 de la LAS, corresponde receptar favorablemente la petición y otorgar a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina, la personería gremial sobre el ámbito de representación que agrupa (fs.138/146 del expediente administrativo).

Que, el 17 de mayo de 2010 la Sra. Secretaria de Trabajo también otorgó el viso de conformidad al otorgamiento de la personaría gremial pretendida y por lo tanto, se elevaron las actuaciones al Sr. Ministro de Trabajo de la Nación, con el proyecto de resolución favorable (fs. 149/151 del expediente administrativo citado).

Que, el Tribunal entiende, luego de un detenido análisis de las constancias de la causa, que asiste razón a la organización sindical en su petición, pues no se vislumbra razón objetiva que permita inferir el motivo por el cual la autoridad de aplicación aún no se ha expedido al respecto, pese a que desde el 3 de mayo de 2010, la Sra. Directora Nacional de Asociaciones Sindicales elevó sin objeciones, el proyecto por el cual se aprobaba el pedido de otorgamiento de la gremial, a lo que se sumó el aval de la Sra. Secretaria de Trabajo (fs. 149).

Que, en este contexto, el lapso transcurrido desde entonces (17/5/2010), excede en mucho los límites temporales previstos en el art. 26 de la LAS, que es dentro de los noventa días, y ello implica una denegatoria tácita del otorgamiento de la personería gremial que se persigue ante el órgano administrativo actuante.

En consecuencia, corresponde admitir la acción y ordenar a la demandada –atento el tenor de la pretensión- que otorgue la personería gremial a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina, con carácter de asociación gremial de segundo grado, sobre el ámbito de representación que con personería gremial agrupa la Asociación de Profesionales de la Salud de la Provincia de Salta, la Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud y la Asociación sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires, toda vez que de las actuaciones administrativas emerge el cumplimiento de todos los requisitos previstos en el ordenamiento legal.

En el mismo sentido la Sala IX de esta Cámara in re "Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneos y Premetro c/Ministerio de Trabajo s/Ley de Asociaciones Sindicales", S.D. 11.737 del 14/9/2010 y Sala II in re "Sindicato Único de Profesionales Trabajadores y Técnicos del IOMA s/Estado Nacional – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social s/Ley de Asociaciones Sindicales", S.D. 99.149 del 19/4/2011, entre otras.

Lo resuelto precedentemente, no implica interferir en el ejercicio de las facultades propias de la administración, sino reparar por vía judicial la lesión a las garantías constitucionales (art. 14 bis) y normas supralegales (Convenio Nro. 87 de la Organización Internacional del Trabajo), que conlleva una omisión que es condicionante a la existencia misma del derecho a ser representados por una organización sindical de segundo grado, con libertad y eficacia para bregar por en defensa de derechos. Esta solución no debe considerarse en modo alguno una indebida injerencia del poder judicial sobre potestades propias del Poder Ejecutivo, sino un medio para asegurar el cumplimiento de la norma, cuando aquél ha guardado silencio por un inexplicable y extenso lapso, cuando era su obligación expedirse.

En consecuencia, como no es facultativo para el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, conceder o denegar una inscripción o personería gremial, cuando en las actuaciones labradas a partir de la petición de la entidad gremial se ha admitido la configuración de los razonables requisitos legales para ello, es claro que, como ya se ha adelantado, asiste razón a la asociación reclamante, pues no se advierte ningún justificativo en la demora en que ha incurrido la autoridad administrativa para expedirse sobre el particular.

Por lo demás, el silencio de la administración, compromete los derechos emergentes de la libertad sindical, que aún no ha podido ser remediada a pesar del dilatado lapso transcurrido desde los dictámenes favorables en pos de la concesión de la personería, inclusive por parte de la Sra. Secretaria de Trabajo, no siendo óbice a tal concesión, la variación sin fundamento alguno que ésta efectúa luego de haberse expedido con viso expresa de conformidad (fs. 149 del expediente administrativo que corre agregado por cuerda), tal como lo destaca el Sr. Fiscal (fs. 80).

Las costas se dispondrán en el orden causad, atendiendo a las particularidades de la causa (art. 68 segundo párrafo CPCCN).

Por lo expuesto y lo dictaminado por el Sr. Fiscal General, el TRIBUNAL RESUELVE:

1) Admitir la presente acción en los términos del art. 62 inc. c) de la ley 23.551 y ordenar a la demandada que le otorgue la personería gremial a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina, con carácter de asociación gremial de segundo grado, sobre el ámbito de representación que, con personería gremial agrupa la Asociación de Profesionales de la Salud de la Provincia de Salta, la Asociación Mendocina de Profesionales de la Salud y la Asociación sindical de Profesionales de la Salud de la Provincia de Buenos Aires, en el plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de astreintes (art. 666 bis Código Civil).

2) Declarar las costas en el orden causado (art 68 segundo párrafo CPCCN).

3) Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Regístrese, notifíquese y devuélvase".

Fecha de firma: 31/08/2015

Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: NESTOR RODRIGUEZ BRUNENGO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: ROSALIA ROMERO, SECRETARIA

* Equipo de Comunicación de la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA)

http://www.ctacapital.org/la-justicia-ordeno-a-tomada-que-otorgue-la-personeria-gremial-a-fesprosa/

Mirada Profesional > La justicia ordenó que el gobierno reconozca formalmente al gremio nacional de médicos >

TAPA
La justicia ordenó que el gobierno reconozca formalmente al gremio nacional de médicos

LA PLATA, septiembre 3: El Ministerio de Trabajo deberá entregar la personería gremial a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA). El fallo llega luego de una larga batalla legal, que incluyó una fuerte pelea gremial. La entidad destacó el logro, y lo vinculó a su lucha por la salud pública y contra la precarización laboral.
Formada en 2005 con el aporte de varios gremios de todo el país, la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA) fue la primera experiencia que intentó nuclear a los médicos del país bajo un mismo paraguas gremial. Desde su inicio, debió pelear contra la falta de reconocimiento oficial, lo que no le impidió ser una de las entidades más activas en defensa no sólo de la cuestión laboral sino de la salud pública en general a lo largo de estos años. Actualmente tiene presencia en 16 provincias, y una larga historia de lucha, que un fallo judicial acaba de reconocer, ya que obliga al gobierno a dar reconocimiento legal a la entidad. Para su titular, este fue un triunfo "de la libertad y la democracia sindical".

Enrolada en la CTA Autónoma, la FESPROSA logró que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falle a favor de su pedido, y obligue al Ministerio de Trabajo a entregar la personería gremial. Esto significa que el gobierno deberá reconocer formalmente a la entidad como la representación legal de médicos y profesionales de la salud en todo el país.

"Lo logramos sin bajar nuestras banderas. Fue un triunfo colectivo de los 30 mil afiliados de la Federación, un triunfo de la libertad y de la democracia sindical. Y un aliciente para los que piensan, como nosotros, que hay que batallar por los derechos sin vender el alma al diablo", sostuvo Jorge Yabkowski, titular de la FESPROSA. Enfrentados a las políticas laborales y sanitarias del gobierno, el recorrido de la entidad para lograr la personería estuvo cargado de marchas y protestas, que incluyeron planteos internacionales ante la OIT, que le dio la razón a la dirigencia sindical argentina.

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miércoles, 2 de septiembre de 2015

La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo a otorgar la personería jurídica a Fesprosa en 10 días hábiles | Diario La Prensa >

Política
La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo a otorgar la personería jurídica a Fesprosa en 10 días hábiles

02.09.2015 | El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, favorece a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina.
La Justicia ordenó al ministerio de Trabajo que otorgue la personería jurídica a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (Fesprosa), que nuclea a gremios de médicos y profesionales de la salud pública, en un plazo de 10 días hábiles.

El fallo de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, que se conoció hoy, fue emitido el lunes.

La federación, presidida por Jorge Yabkowski, se conformó en 2005, tiene más de 30 mil afiliados en todo el país e integra la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma).

El reclamo de personería jurídica de la federación fue respaldada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que en 2012 pidió al gobierno argentino que informe "por qué no otorgó aun la personería gremial a los trabajadores del sector".

Yabkowski celebró en un comunicado "la decisión judicial y exhortamos al ministro de Trabajo nacional Carlos Tomada a cumplir el fallo de la justicia argentina, que es el fruto de la lucha de 30 mil trabajadores y trabajadoras que integran la Fesprosa".

"Desde su fundación, la Fesprosa hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud", destacó el dirigente, y manifestó que "desde 2007, la lucha de la Fesprosa ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud".

Asimismo, sostuvo que "el fallo ordena al ministro otorgar la personería en diez días hábiles".

"Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la Fesprosa saldrán a la calle para exigir su acatamiento", advirtió.

http://www.laprensa.com.ar/437469-La-Justicia-ordeno-al-ministerio-de-Trabajo-a-otorgar-la-personeria-juridica-a-Fesprosa-en-10-dias-habiles.note.aspx

La Justicia le ordenó a Tomada otorgarle la personería gremial a la FESPROSA en un plazo de 10 días hábiles >

LA JUSTICIA ARGENTINA ORDENÓ AL MINISTERIO DE TRABAJO NACIONAL OTORGARLE LA PERSONERÍA GREMIAL EN UN PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES A LA FESPROSA, GREMIO NACIONAL DE PROFESIONALES Y TRABAJADORES DE LA SALUD CON MÁS DE 30 MIL AFILIADOS

La Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Estela Milagros Ferreiros y Néstor Rodríguez Brunengo, ordenó al Ministerio de Trabajo en un fallo fechado el 31 de agosto pasado el otorgamiento de la personería gremial en un plazo de diez días hábiles a la Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA), sindicato presidido por el médico Jorge Yabkowski que cuenta con más de 30 mil afiliados en todo el país y que integra la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma).

"Celebramos la decisión judicial y exhortamos al ministro de Trabajo nacional Carlos Tomada a cumplir el fallo de la justicia argentina, que es el fruto de la lucha de 30 mil trabajadores y trabajadoras que integran la FESPROSA", expresó al respecto Yabkowski.

FESPROSA se fundó a fines de 2005, con el carácter de primera organización nacional profesional de carácter netamente sindical, con afiliados de todas las profesiones y actividades en el sistema público de salud. La FESPROSA es mayoritaria en 16 de las 24 provincias argentinas.

"Desde su fundación, la FESPROSA hizo eje en la batalla contra la precarización laboral en el sector público de salud. Desde 2007, la lucha de la FESPROSA ha logrado la regularización de más de 25 mil profesionales y trabajadores de salud", reveló Yabkowski.

El reclamo por la personería de la FESPROSA fue respaldado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la que en 2012 se dirigió al gobierno nacional argentino pidiendo que informe "por qué no otorgó aun la personería gremial" a los trabajadores del sector".

Por último, Yabkowski expresó que "el fallo ordena al ministro otorgar la personería en diez días hábiles. Si Tomada se niega a cumplir con la ley, los 30 mil trabajadores y trabajadoras de la FESPROSA saldrán a la calle para exigir su acatamiento".

ENTREVISTAS > Jorge Yabkowski, 155-121-5179 (Presidente FESPROSA)
PRENSA > Marcos Viancheto 155-340-0973

////// TEXTO JUDICIAL //////

Poder Judicial de la Nación

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII

63.955/2013

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nro. 37696

CAUSA Nro. 63.955/2013- SALA VII- JUZGADO Nº 18

Autos: "FEDERACION SINDICAL DE PROFESIONALES DE LA SALUD DE LA

REPÚBLICA ARGENTINA C/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DE LA NACION S/ LEY DE ASOC. SINDICALES".

Buenos Aires, 31 de agosto de 2015.

VISTO:

La acción deducida por la FEDERACIÓN SINDICAL DE PROFESIONALES DE LA

SALUD DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (fs. 6/15), que persigue conjurar la omisión de

resolver la solicitud de personería gremial por parte del MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que en la tesis del apelante, implicaría una denegatoria

tácita de la petición, en los términos del art. 62 inc. c) de la ley23.551.

Y CONSIDERANDO:

Que, la entidad de segundo grado pretende la obtención de un pronunciamiento que

ordene a la demandada que resuelva en un plazo perentorio y conforme a derecho, el

otorgamiento de la personería gremial a dicha organización sindical, atento lo dispuesto por

el art. 32 de la LAS y la Resolución Nº 255/03 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad

Social.

Que, en sostén de tal postura, afirma que el silencio de la administración implica una

clara violación de la libertad sindical, en los términos previstos por el Convenio 87 de la OIT,

pues la Jefatura de Gabinete del Ministerio ha evitado en forma reiterada otorgar la

personería a la Federación, a punto tal que las actuaciones volvieron sin motivo explícito a la

Jefa de Estructura Sindical, quien a su vez lo eleva para dictamen de la Directora Nacional

de Asociaciones Sindicales, cuando ésta ya había aconsejado, luego de analizar el

otorgamiento de las personerías gremiales de cada una de las entidades afiliadas a

FESPROSA, respecto al otorgamiento de la personería gremial solicitada, indicando que no

era necesario el cotejo, porque la representación pretendida emana de las personerías

otorgadas a las entidades de primer grado que integran la Federación, conforme el sistema

radial ascendente, que había sido compartido por la Secretaria de Trabajo y elevado el

pedido de personería al Sr. Ministerio de Trabajo con el correspondiente proyecto de

resolución mediante el cual se le otorgaría la personería gremial a la FESPROSA, que es

nuevamente ratificado por dicha Dirección.

Que, la accionada, luego de efectuar una negativa pormenorizada, sostiene que si

bien el art. 26 de la ley 23.551 prevé un plazo de noventa días para que la autoridad

administrativa se expida sobre la petición de una personería gremial efectuada por una

entidad gremial, ningún artículo de dicho ordenamiento positivo prevé la facultad del

interesado de considerar que se ha configurado la denegatoria tácita en el caso de que la

administración no se hubiere expedido en dicho plazo.

Fecha de firma: 31/08/2015

Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: NESTOR RODRIGUEZ BRUNENGO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: ROSALIA ROMERO, SECRETARIA

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Que, concluida la etapa de cognición y habiendo alegado las partes, se encuentra la

acción en condiciones de resolver.

Que, en primer lugar se observa a partir del detenido análisis de las constancias de

la causa, que la organización demandante ha solicitado la personería gremial ante la

autoridad de aplicación, el día 29 de julio de 2008, contando para ello con la inscripción

gremial por Resolución MTE y SS Nº 1157, del 10 de octubre de 2007 (fs. 10 del expediente

administrativo que corre por cuerda).

Que, la Federación agrupa a las asociaciones sindicales de primer grado con

personería gremial reconocidas o simplemente inscriptas, que tengan la representación de

profesionales de la salud que se desempeñen en establecimientos y organismos de la salud

del ámbito público y privado, con zona de actuación en la Provincia de Mendoza, además de

las asociaciones sindicales de primer grado con personería gremial reconocidas o

simplemente inscriptas, que tengan la representación de profesionales de la salud del ámbito

público, con zona de actuación en las Provincias de Buenos Aires, Jujuy y Salta (fs. 122 del

expediente que corre agregado por cuerda).

Que, la Sra. Directora Nacional de Asociaciones Sindicales compartió el 3 de mayo de

2010, el dictamen elaborado por la Sra. Asesora Técnico Legal el 28 de abril de 2010, quien

analizó Acta Fundacional de la entidad sindical, el Listado de Asociaciones afiliadas a la

Federación peticionante (Asociación de Profesionales de la Salud de la Provincia de Salta,

Asociación Mendocina de Profesionales de Salud, Asociación de Profesionales Universitarios

de la Administración Pública de Jujuy y la Asociación Sindical de Profesionales de la Salud

de la Provincia de Buenos Aires), las copias certificadas de las Actas de Asamblea de cada

entidad de primer grado donde consta la voluntad de constituir una asociación de grado

superior, la sustanciación con la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad

Argentina y producidas en tanto lo pretendido podría colisionar con esta organización

sindical, consideró que no existe colisión alguna entre ambas organizaciones sindicales de

segundo grado y que se encuentra acreditada la exigencia de representatividad de la

Federación requirente, establecida en el art. 25 inc. b) de la ley 23.551, en tanto se ha

reconocido personería gremial a las entidades de base adheridas a la peticionante, por ser

éstas las más representativas del ámbito pretendido y que las entidades de segundo grado

representan a asociaciones de primer grado, por lo que su calidad de representación se ve

reflejada en la entidad de segundo grado a la que se encuentran adheridas (fs. 138/145 del

expediente administrativo).

Que, por tales motivos aconsejó que, conforme lo establecido por el art. 26 de la

LAS, corresponde receptar favorablemente la petición y otorgar a la Federación Sindical de

Profesionales de la Salud de la República Argentina, la personería gremial sobre el ámbito de

representación que agrupa (fs.138/146 del expediente administrativo).

Que, el 17 de mayo de 2010 la Sra. Secretaria de Trabajo también otorgó el viso de

conformidad al otorgamiento de la personaría gremial pretendida y por lo tanto, se elevaron

Fecha de firma: 31/08/2015

Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: NESTOR RODRIGUEZ BRUNENGO, JUEZ DE CAMARA

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las actuaciones al Sr. Ministro de Trabajo de la Nación, con el proyecto de resolución

favorable (fs. 149/151 del expediente administrativo citado).

Que, el Tribunal entiende, luego de un detenido análisis de las constancias de la

causa, que asiste razón a la organización sindical en su petición, pues no se vislumbra razón

objetiva que permita inferir el motivo por el cual la autoridad de aplicación aún no se ha

expedido al respecto, pese a que desde el 3 de mayo de 2010, la Sra. Directora Nacional de

Asociaciones Sindicales elevó sin objeciones, el proyecto por el cual se aprobaba el pedido

de otorgamiento de la gremial, a lo que se sumó el aval de la Sra. Secretaria de Trabajo (fs.

149).

Que, en este contexto, el lapso transcurrido desde entonces (17/5/2010), excede en

mucho los límites temporales previstos en el art. 26 de la LAS, que es dentro de los noventa

días, y ello implica una denegatoria tácita del otorgamiento de la personería gremial que se

persigue ante el órgano administrativo actuante.

En consecuencia, corresponde admitir la acción y ordenar a la demandada –atento el

tenor de la pretensión- que otorgue la personería gremial a la Federación Sindical de

Profesionales de la Salud de la República Argentina, con carácter de asociación gremial de

segundo grado, sobre el ámbito de representación que con personería gremial agrupa la

Asociación de Profesionales de la Salud de la Provincia de Salta, la Asociación Mendocina

de Profesionales de la Salud y la Asociación sindical de Profesionales de la Salud de la

Provincia de Buenos Aires, toda vez que de las actuaciones administrativas emerge el

cumplimiento de todos los requisitos previstos en el ordenamiento legal. En el mismo sentido

la Sala IX de esta Cámara

in re

"Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneos y

Premetro c/Ministerio de Trabajo s/Ley de Asociaciones Sindicales", S.D. 11.737 del

14/9/2010 y Sala II in re "Sindicato Único de Profesionales Trabajadores y Técnicos del IOMA

s/Estado Nacional – Ministerio de Trabajo y Seguridad Social s/Ley de Asociaciones

Sindicales", S.D. 99.149 del 19/4/2011, entre otras.

Lo resuelto precedentemente, no implica interferir en el ejercicio de las facultades

propias de la administración, sino reparar por vía judicial la lesión a las garantías

constitucionales (art. 14 bis) y normas supralegales (Convenio Nro. 87 de la Organización

Internacional del Trabajo), que conlleva una omisión que es condicionante a la existencia

misma del derecho a ser representados por una organización sindical de segundo grado,

con libertad y eficacia para bregar por en defensa de derechos. Esta solución no debe

considerarse en modo alguno una indebida injerencia del poder judicial sobre potestades

propias del Poder Ejecutivo, sino un medio para asegurar el cumplimiento de la norma,

cuando aquél ha guardado silencio por un inexplicable y extenso lapso, cuando era su

obligación expedirse.

En consecuencia, como no es facultativo para el Ministerio de Trabajo, Empleo y

Seguridad Social de la Nación, conceder o denegar una inscripción o personería gremial,

cuando en las actuaciones labradas a partir de la petición de la entidad gremial se ha

Fecha de firma: 31/08/2015

Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: NESTOR RODRIGUEZ BRUNENGO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: ROSALIA ROMERO, SECRETARIA

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admitido la configuración de los razonables requisitos legales para ello, es claro que, como

ya se ha adelantado, asiste razón a la asociación reclamante, pues no se advierte ningún

justificativo en la demora en que ha incurrido la autoridad administrativa para expedirse sobre

el particular.

Por lo demás, el silencio de la administración, compromete los derechos emergentes

de la libertad sindical, que aún no ha podido ser remediada a pesar del dilatado lapso

transcurrido desde los dictámenes favorables en pos de la concesión de la personería,

inclusive por parte de la Sra. Secretaria de Trabajo, no siendo óbice a tal concesión, la

variación sin fundamento alguno que ésta efectúa luego de haberse expedido con viso

expresa de conformidad (fs. 149 del expediente administrativo que corre agregado por

cuerda), tal como lo destaca el Sr. Fiscal (fs. 80).

Las costas se dispondrán en el orden causad, atendiendo a las particularidades de

la causa (art. 68 segundo párrafo CPCCN).

Por lo expuesto y lo dictaminado por el Sr. Fiscal General, el TRIBUNAL

RESUELVE: 1) Admitir la presente acción en los términos del art. 62 inc. c) de la ley 23.551

y ordenar a la demandada que le otorgue la personería gremial a la Federación Sindical de

Profesionales de la Salud de la República Argentina, con carácter de asociación gremial de

segundo grado, sobre el ámbito de representación que, con personería gremial agrupa la

Asociación de Profesionales de la Salud de la Provincia de Salta, la Asociación Mendocina

de Profesionales de la Salud y la Asociación sindical de Profesionales de la Salud de la

Provincia de Buenos Aires, en el plazo de diez (10) días, bajo apercibimiento de astreintes

(art. 666 bis Código Civil). 2) Declarar las costas en el orden causado (art 68 segundo párrafo

CPCCN). 3)

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la

Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.

Fecha de firma: 31/08/2015

Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: NESTOR RODRIGUEZ BRUNENGO, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: ROSALIA ROMERO, SECRETARIA