El Ministerio de Salud bonaerense habilitó el no arancelamiento de las prestaciones y la no discriminación por domicilio de residencia en establecimientos sanitarios municipales.
En estos días se ha conocido la resolución 5365/22 del Ministerio de Salud provincial, donde se pone como condición para habilitar establecimientos sanitarios municipales el no arancelamiento de las prestaciones y la no discriminación por domicilio de residencia.
La Comisión Directiva de CICOP Seccional Municipales de San Isidro expresó que “se trata de una medida de gran importancia por la cual la seccional viene luchando hace más de veinte años”.
La resolución pone por encima de la autonomía municipal los derechos ciudadanos de los habitantes de la provincia garantizados por las constituciones nacional y provincial.
“Quedó probado en estos veinte años que la medida restrictiva de nuestro municipio no tuvo impacto en el gasto sanitario pero si impidió la atención adecuada de pacientes necesitados de partidos vecinos. Cicop San Isidro espera que en el plazo más breve posible el municipio modifique las normativas de admisión para adecuarse a la resolución del ministerio de salud provincial”, finalizaron.
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